Indemnización por LPNI: expediente listo para tu mutua/INSS

Si has sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, te han dado alta médica, y te han quedado secuelas que no te impiden trabajar, es probable que tengas derecho a una indemnización a tanto alzado según el baremo oficial de Lesiones Permanentes No Invalidantes (LPNI).
El problema: casi nadie sabe cómo pedirla, qué documentos valen, cuándo presentarla ni dónde. Por eso en Mutuafácil lo hacemos sencillo, transparente y rápido:

  • Primero, Viabilidad (48 h). Te confirmamos si tu caso encaja en el baremo, qué importe orientativo podría corresponder y qué faltaría para presentarlo con garantías.
  • Después, Solicitud LPNI. Redactamos la solicitud, ordenamos la documentación y te la entregamos lista para presentar ante INSS/Mutua.

Sin rodeos, sin letra pequeña y hablando el idioma que entienden las entidades que resuelven.


Para quién es este servicio (te verás en alguno)

  • Accidente de trabajo con secuelas (cicatrices, pérdidas parciales de función, deformidades) que no llegan a incapacidad permanente, pero aparecen en el baremo LPNI.
  • Enfermedad profesional con lesión permanente (por ejemplo, dermatológica, respiratoria, auditiva) que no te incapacita para tu profesión, pero genera indemnización a tanto alzado.
  • In itinere o en misión: el daño fue en el trayecto casa-trabajo o durante un desplazamiento laboral, tienes alta y secuelas estabilizadas.
  • La mutua/INSS no te informó de esta indemnización y quieres solicitarla.
  • Te han reconocido menos importe del que consideras procedente y necesitas pedir revisión (si corresponde, por las vías que procedan).
  • Trabajas en Cataluña y te suena ICAM (o en el resto de España, EVI): sabes que existen valoraciones médicas oficiales y quieres que tu solicitud “hable” su lenguaje.

Nuestro foco: ayudarte a cobrar lo que te corresponde por baremo, con papeles en regla y orden para que el expediente se entienda a la primera.


Lo que hacemos (y lo que no)

Lo que SÍ hacemos

  • Viabilidad LPNI (48 h):
    Analizamos tu historia clínica, el hecho causante (accidente/enfermedad), el alta médica, la secuela y su encaje en el baremo. Te damos un dictamen claro (“procede / no procede”), tramo orientativo de importes posibles según la lesión y una lista corta de documentos útiles.
  • Solicitud LPNI :
    Redactamos tu solicitud y organizamos anexos (informes, parte/ comunicación de accidente, alta, fotografías de la lesión si suman, etc.). Te entregamos PDF + DOCX, índice de anexos, guía paso a paso (sede electrónica/presencial) y calendario de plazos.
  • Asistencia documental:
    Tú presentas el expediente; nosotros te lo damos masticado para que no te pierdas: qué subir, en qué orden, y cómo contestar un requerimiento si lo hubiera.

Lo que NO hacemos

  • No te representamos ante la Administración ni acudimos a juicio.
  • No hacemos seguimiento del expediente tras la presentación.
  • No “prometemos” importes: te damos un criterio técnico y un expediente sólido que aumente las opciones.

Cómo funciona (proceso Mutuafácil)

Paso 1 · Viabilidad

Nos envías tu relato breve del accidente/enfermedad, el alta y los informes principales. Valoramos si tu secuela está recogida en el baremo LPNI y cómo.
Recibes:

  • Decisión: procede / no procede.
  • Enfoque: qué pedir, dónde y con qué.
  • Carencias (si las hay): qué documento falta y cómo conseguirlo.

Paso 2 · Solicitud LPNI

Preparamos tu solicitud con hechos (qué, cuándo y cómo), encaje en el baremo, prueba ordenada y petición concreta (reconocimiento e importe según baremo).
Recibes: PDF + DOCX, índice de anexos, guía de presentación y calendario.

Paso 3 · Presentación + subsanaciones

Presentas en sede (Cl@ve/certificado) o presencial. Si piden subsanar, sabrás qué anexo contesta cada requerimiento. Si conviene aportar algo adicional (p. ej., fotografía de la secuela con fecha, informe específico, certificación complementaria), te explicamos cómo.


LPNI en claro (lo esencial que te interesa)

  • ¿Qué es? Una indemnización única (pago a tanto alzado) por lesiones permanentes que no te incapacitan para trabajar, pero afectan la integridad física.
  • ¿Quién paga? La mutua o el INSS/ISM, según tu cobertura de contingencias profesionales.
  • ¿Cuándo se pide? Tras el alta médica y con las secuelas estabilizadas.
  • ¿Necesito cotización mínima? Lo importante es que el daño derive de contingencia profesional (accidente de trabajo o enfermedad profesional) y la lesión figure en el baremo.
  • ¿Cuánto es? Depende de tu lesión: el baremo detalla importes para cada supuesto (de menor a mayor afectación).
  • ¿Y si la empresa incumplió medidas de seguridad? Puede existir recargo de prestaciones (30–50%) a cargo de la empresa (es otra vía, distinta a la LPNI). En viabilidad te diremos si se aprecian indicios.

Lo que miramos (para que tu solicitud “pase”)

  • Hecho laboral: parte/ comunicación de accidente, relación con el trabajo (también in itinere o en misión), o enfermedad profesional reconocible.
  • Alta médica: que la IT ha finalizado y las secuelas están estabilizadas.
  • Secuela y baremo: descripción objetiva (informe, exploración, imagen, audiometría, dermatología, etc.) y su encaje en el apartado correcto del baremo.
  • Concordancia: que todo cuente la misma historia: hecho → lesión → secuela estable → epígrafe del baremo.
  • Fotografías (si son útiles): de la cicatriz/deformidad (con fecha), sin invadir tu intimidad.
  • EVI/ICAM: conocemos cómo valoran los equipos médicos (EVI estatal, ICAM en Cataluña). Si tu caso ha pasado por ellos o puede pasar, alineamos la forma de exponer la lesión con su forma de leer expedientes (claridad, objetivación, impacto funcional).

Documentación esencial (pedimos lo imprescindible)

  • Identificación y datos de contacto.
  • Parte/Comunicación de accidente o documentación de enfermedad profesional.
  • Alta médica por curación/mejoría.
  • Informes médicos recientes que objetiven la secuela (especialista correspondiente: trauma, plástica, ORL, oftalmo, derma, rehabilitación, etc.).
  • Pruebas que sumen (radiología, audiometría, campimetría, EMG).
  • Fotos de la secuela (si aportan).
  • Datos de empresa/mutua (para guiarte en la sede que corresponda).

Si falta algo, no te preocupes: en la viabilidad te diremos qué pedir, a quién y cómo.


Importes e impactos (explicado sin tecnicismos)

  • El baremo asigna importes por lesión. No todas las lesiones valen lo mismo: importa qué es, dónde y cuánto afecta.
  • Es pago único. No es una pensión mensual; no te impide trabajar ni te obliga a cambiar de puesto (no estamos en incapacidad permanente).
  • Si por la misma lesión algún día te reconocieran una incapacidad permanente, no coexisten (la IP desplaza la LPNI por el mismo daño). Si son lesiones distintas, pueden sumar vías.
  • En accidente laboral con incumplimientos de seguridad, puede haber recargo (30–50%) sobre prestaciones: lo miramos en viabilidad y te decimos cómo explorar esa vía si procede.

Casos frecuentes que tramitamos

  • Cicatriz quirúrgica visible, deformidad superficial, secuelas cutáneas permanentes que el baremo contempla.
  • Secuela ocular unilateral leve/moderada; afectación de párpado, pestañas, córnea u órbita según epígrafes.
  • Secuelas otorrino: perforación timpánica cerrada con hipoacusia residual, tinnitus persistente con prueba objetiva, pequeñas alteraciones del tabique nasal con repercusión funcional leve.
  • Lesiones de mano: pérdida parcial de falange, adherencias, limitación leve estable sin impedir la profesión.
  • Secuelas dentales permanentes (pérdida de pieza, prótesis fija indicada).
  • Alteraciones estéticas relevantes (en cara/cuellos/manos), con foto y informe que describa extensión, localización, textura, retracción, coloración.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo tendré lista mi documentación para pedir las LPNI?

La viabilidad te la damos en 48 horas y en caso de ver viable la solicitud de las lesiones permanentes no invalidante en un plazo de entre 5 y 10 días tendrás todo listo para presentar.

¿Cuándo puedo pedir la LPNI?

Tras el alta médica por curación o mejoría, con la secuela estabilizada y documentada.


Señales de que tu caso tiene opciones

  • Tu alta describe secuela clara y estable.
  • Tienes informes recientes del especialista que objetivan lo que se ve/sientes.
  • La lesión aparece (o encaja) en un epígrafe del baremo.
  • El hecho laboral (accidente/enfermedad) está documentado.
  • La cronología es coherente (hecho → asistencia → alta → secuela).

Cómo te lo entregamos (y por qué no te vas a perder)

  • Solicitud LPNI redactada (DOCX + PDF).
  • Índice de anexos numerado (así saben dónde mirar).
  • Guía de presentación (sede/presencial, capturas y checklists).
  • Calendario de plazos (qué esperar y cuándo).
  • Notas de subsanación: si te piden algo, ya sabrás qué anexo responde.

Lo que debes hacer hoy

  1. Haz tu Viabilidad y cuéntanos tu caso.
  2. En 48 h sabrás si procede y qué pedir.
  3. Si procede, encarga la Solicitud LPNI.
  4. Presenta con la guía y guarda justificantes.
  5. Si piden subsanar, usas el índice: sabrás qué documento cubre cada punto.

Aviso importante

Somos asistencia documental. Tú presentas el expediente con nuestra guía. No representamos ni litigamos. Si decides ir a la vía judicial más adelante, te llevas un expediente ordenado y sólido para quien continúe.

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