Solicitar Incapacidad Permanente por Accidente de Trabajo
Si has sufrido un accidente de trabajo (incluye in itinere y desplazamientos en misión) y las secuelas te impiden seguir en tu profesión o en cualquier profesión, es el momento de solicitar la Incapacidad Permanente por Accidente de Trabajo. En Mutuafácil te lo ponemos muy sencillo: primero viabilidad en 48h y, solo si procede, redactamos tu solicitud con toda la documentación ordenada y lista para presentar ante el INSS. Sin rodeos y con rigor técnico. Te damos un precio fijo y una viabilidad para así no hacerte perder tiempo ni dinero.
Para quién es la Solicitud de Incapacidad Permanente por Accidente de Trabajo
- Tu lesión o secuelas provienen de un accidente laboral (dentro del centro de trabajo, in itinere o en misión) y no puedes realizar tu profesión habitual, o cualquier profesión.
- Has estado de baja por accidente de trabajo y los médicos hablan ya de secuelas o limitaciones funcionales permanentes.
- La mutua o el INSS dudan del alcance de tus lesiones, o te preocupa cómo acreditar que derivan del accidente.
- Necesitas presentar una solicitud de IP bien armada, con anexos ordenados para que el expediente se entienda a la primera.
- Quieres hacerlo rápido, claro y sin gastar de más: primero valoramos viabilidad y, solo si conviene, seguimos con el servicio completo.
Qué hacemos y qué no hacemos
Lo que sí hacemos
- Viabilidad: analizamos tu caso (accidente, evolución clínica, trabajo habitual y limitaciones) y te decimos con claridad si procede pedir IP, qué grado apuntar (parcial, total, absoluta o gran invalidez) y qué enfoque usar.
- Solicitud : si procede, redactamos tu escrito de solicitud de IP (hechos, encaje jurídico, pruebas), con documentación ordenada y guía de presentación.
- Servicio documental: entregamos PDF + editable, índice de anexos, checklist y calendario de pasos y plazos, para que presentes tú en sede electrónica o presencial.
Lo que no hacemos
- No te representamos ante el INSS ni acudimos a juicio.
- No hacemos seguimiento del expediente tras la presentación ni interponemos demandas.
- No prometemos resultados: prometemos trabajo técnico y honesto.
Cómo funciona (proceso Mutuafácil)
Paso 1 · Viabilidad
Revisamos tu relato del accidente, la primera asistencia, informes de mutua/urgencias, evolución de la lesión, profesión habitual y limitaciones funcionales actuales. Evaluamos el encaje en IP (parcial/total/absoluta/gran invalidez) y proponemos estrategia.
Recibes: un informe claro “procede / no procede”, el grado que mejor se ajusta y qué reforzar antes de presentar.
Paso 2 · Solicitud —
Preparamos tu solicitud de IP con estructura jurídica y probatoria, enlazando hechos, profesión y secuelas. Ordenamos anexos para que el tramitador vea el expediente limpio y coherente.
Recibes: PDF y editable, índice de anexos numerado, checklist, guía para sede electrónica/presencial y calendario.
Paso 3 · Presentación
Sigues la guía paso a paso para presentar tu solicitud en el INSS (telemática con Cl@ve/certificado o presencial). Guardas resguardo y archivo de todo lo entregado.
Paso 4 · Respuestas y subsanaciones
Si recibes un requerimiento de subsanación (piden un documento o aclaración), te indicamos qué anexo o apartado del escrito cubre ese punto. Si desearas ampliar pruebas o fundamentos, te diremos cómo.
Lo que miramos para fundamentar tu IP por accidente laboral
- Accidente de trabajo: parte o comunicación del accidente; si es in itinere o en misión, coherencia de trayecto/encargo/horario.
- Primera asistencia y cronología clínica: urgencias/mutua, evolución, diagnósticos y pruebas de imagen (RX, RM, EMG…).
- Profesión habitual: descripción real de tareas críticas (esfuerzo, cargas, posturas, turnos, ritmos, bipedestación, manipulación fina, conducción, pantallas, etc.).
- Limitaciones funcionales: rangos de movimiento, fuerza, deambulación, tolerancia a carga/tiempos, dolor residual y repercusiones en tareas.
- Rehabilitación y secuelas: alta de fisioterapia, informes de unidad de dolor o traumatología, estabilidad de la lesión y pronóstico.
- Mutua / PRL / empresa: informes, evaluaciones de riesgos, EPIs, investigación del accidente y, si procede, indicios de falta de medidas (para reforzar profesionalidad y, llegado el caso, recargo de prestaciones).
- Concordancia: que todo cuente la misma historia: accidente → lesión → secuelas → imposibilidad para la profesión habitual (o para toda profesión, según grado).
Tipos de Incapacidad Permanente (derivada de accidente)
Incapacidad Permanente Parcial (IPP)
Secuelas que disminuyen el rendimiento en tu profesión habitual sin impedirla totalmente. Normalmente indemnización única (no pensión). Útil cuando el accidente deja limitaciones objetivas, pero puedes seguir en tu puesto con menor rendimiento.
Incapacidad Permanente Total (IPT)
Te impide realizar las tareas fundamentales de tu profesión habitual, pero podrías trabajar en otra distinta. La pensión suele ser el 55 % de la base reguladora (con posibilidad de 20 % adicional en la llamada total cualificada según situación). En IP total derivada de accidente de trabajo hay posibilidad de indemnización a tanto alzado si se cumplen requisitos (por ejemplo, menor de 60 años y compatibilización con trabajo distinto), a solicitar en plazo limitado desde la resolución.
Incapacidad Permanente Absoluta (IPA)
Te inhabilita por completo para todo trabajo. Pensión basada en la base reguladora, con ventajas propias de la contingencia profesional.
Gran Invalidez (GI)
Además de la imposibilidad para trabajar, necesitas la ayuda de otra persona para los actos esenciales de la vida. Conlleva complemento específico.
En contingencias profesionales (accidente de trabajo), no se exige cotización mínima para acceder a la IP. Además, la mutua asume la prestación económica asociada a la contingencia profesional.
Efectos económicos y qué significa “cobrar lo justo”
- Durante la baja por accidente laboral: el subsidio suele ser del 75 % de la base reguladora desde el día siguiente. El convenio puede complementar hasta el 100 % (según sector/empresa).
- Al reconocer IP: pasas a pensión según grado (parcial → indemnización; total/absoluta/gi → pensión mensual).
- IPT a tanto alzado (derivada de accidente): si reúnes requisitos, puedes optar por una indemnización única calculada sobre mensualidades de pensión (en función de tu edad).
- Recargo de prestaciones: si se demuestra falta de medidas de seguridad o incumplimientos de la empresa, se puede solicitar recargo (entre un 30 % y 50 %) sobre las prestaciones derivadas del accidente, a cargo de la empresa.
- Compatibilidades: hay compatibilidades e incompatibilidades según el grado (p. ej., la IP total es compatible con otro trabajo distinto al habitual; en otros grados, el marco es más estricto). Lo evaluamos en viabilidad.
Plazos y momentos clave (qué esperar)
- Presentación: cuanto antes tengas el expediente ordenado y coherente, mejor.
- Valoración médica (EVI / tribunal médico): pueden citarte para evaluación. Lleva informes recientes y que se entienda cómo te limitan en tu profesión.
- Requerimientos: el INSS puede pedir subsanaciones. Con nuestro índice de anexos y guía, sabrás qué aportar sin duplicar.
- Resolución: el plazo práctico puede variar. Si deniegan, existe reclamación previa y, si lo decides, vía judicial (no la llevamos, pero te dejamos el expediente listo para tu abogado).
- Indemnización a tanto alzado (IPT-accidente): si te interesa y cumples requisitos, hay plazo para pedirla tras la resolución. Te lo indicamos en tu calendario.
Situaciones frecuentes que atendemos
- Accidente in itinere con lesión lumbar/meniscal/neurológica que limita bipedestación, cargas o posturas forzadas → imposibilidad de tareas esenciales en la profesión habitual.
- Accidente en misión (desplazamiento laboral) con traumatismo y secuelas en hombro/rodilla/mano → pérdida de fuerza, movilidad y destreza fina.
- Caída con fractura y seudartrosis o artrosis postraumática → dolor persistente, limitación de carga y pérdida de rango.
- Politraumatismos con secuelas combinadas (columna + miembros) → fatigabilidad, restricciones posturales, prohibición de esfuerzos.
- Secuelas neurológicas (radiculopatías, neuropatías periféricas) o síndromes dolorosos refractarios que impiden rendir en la profesión.
Documentación esencial (y cuándo pediremos más)
- Parte o comunicación del accidente (laboral, in itinere o en misión).
- Primera asistencia y cronología clínica (urgencias, mutua, rehabilitación).
- Informes actuales de especialistas (trauma, rehabilitación, unidad del dolor, neuro, etc.).
- Descripción breve de tu profesión habitual y tareas críticas (lo que realmente haces).
Si tu caso lo requiere, te indicaremos documentación adicional: evaluaciones de riesgos, testificales, imágenes, certificados de empresa, etc. Pedimos solo lo necesario para convencer sin abrumar.
Cómo será tu solicitud
- Hechos y accidente: claros, fechados, coherentes con la primera asistencia.
- Profesión habitual: descripción precisa de tareas nucleares (no genéricas).
- Secuelas y limitaciones: traducidas a impacto funcional sobre esas tareas.
- Encaje jurídico: grado de IP que procede y por qué.
- Prueba organizada: anexos numerados citados dentro del escrito.
- Petición: reconocimiento de IP (grado) derivada de accidente de trabajo y efectos.
- Avisos útiles: compatibilidades, posibles complementos y, si procede, opción de tanto alzado (IPT) y recargo de prestaciones.
Preguntas frecuentes
Sí. Se puede iniciar la valoración cuando las secuelas están estabilizadas o se prevé que lo estén (según informes). Si todavía evolucionan, te diremos si conviene esperar o pedir valoración ya.
DNI, Informes médicos, partes de alta y baja, Solicitud de IP (INC17), dictamen médico (si existe) y resoluciones (si existen).
En primer lugar, analizamos si es viable solicitar una Incapacidad Permanente. Posteriormente, en caso de que proceda recopilamos la documentación necesaria, cumplimentamos el INC 17 y te decimos como presentar el documento que te hemos dejado listo. Durante todo el proceso te asesoraremos.
La respuesta del INSS puede llegar a tardar varios meses.
Señales de un caso con opciones
- Accidente bien documentado y primera asistencia próxima al hecho.
- Secuelas objetivadas (imagen, exploración, EMG) y estables.
- Profesión habitual con tareas que chocan con tus limitaciones.
- Mutua/PRL/empresa con registros del accidente y su investigación.
- Cronología coherente sin lagunas.
Qué recibirás
- Solicitud (PDF + editable).
- Índice de anexos y documentación colocada en el orden que entiende el INSS.
- Guía de presentación (telemática/presencial).
- Calendario práctico con los hitos y plazos que te afectan.