Notificación de accidente laboral grave a la Inspección de Trabajo: el plazo de 24 horas y cómo hacerlo

Si en tu empresa acaba de ocurrir un accidente grave, muy grave o mortal, o uno que ha afectado a más de cuatro trabajadores, tienes un plazo muy corto: 24 horas para comunicarlo a la autoridad laboral. Y ojo, porque eso es una cosa aparte del parte de accidente normal. Son dos obligaciones distintas y en un accidente grave hay que cumplir las dos.

responsable de empresa tramitando la comunicación urgente de un accidente laboral grave en el ordenador

En esta guía te explicamos, sin tecnicismos, qué accidentes obligan a esa comunicación urgente, cómo se hace, quién tiene que hacerla y qué te juegas si llegas tarde.

Qué es la comunicación urgente y en qué se diferencia del parte de accidente

Aquí está la confusión más habitual, así que vamos a separarlo bien. Cuando hay un accidente de trabajo pueden entrar en juego dos trámites distintos:

  • El parte de accidente. Es el trámite ordinario. Se cumplimenta para todo accidente que cause baja médica de al menos un día y se envía a tu mutua en un plazo de cinco días hábiles desde la fecha del accidente o de la baja.
  • La comunicación urgente. Es un aviso extra y rápido, solo para los accidentes más serios. Se hace a la autoridad laboral en un máximo de 24 horas. No sustituye al parte: se hace además del parte.

Dicho de otra forma: en un accidente grave haces las dos cosas. Primero el aviso de 24 horas y, dentro de los cinco días, el parte de accidente de siempre.

TrámitePara qué accidentesPlazoA quién
Parte de accidenteTodos los que causan baja médica5 días hábilesA tu mutua
Comunicación urgenteSolo graves, muy graves, mortales o con más de 4 afectados24 horasAutoridad laboral de la provincia
Fuente: Orden de 16 de diciembre de 1987 (art. 3 y art. 6) y Orden TAS/2926/2002.

Qué accidentes obligan a avisar en 24 horas

La comunicación urgente no es para cualquier accidente. La ley la reserva para los casos serios. En concreto, hay que avisar en 24 horas cuando el accidente, ocurrido en el centro de trabajo o durante un desplazamiento en jornada de trabajo:

  • Provoca el fallecimiento del trabajador.
  • Se considera grave o muy grave (lo marca la gravedad de las lesiones; no hay una lista cerrada).
  • Afecta a más de cuatro trabajadores, pertenezcan o no a la plantilla de la empresa.

Un matiz importante: el aviso urgente cubre lo que pasa en el trabajo o yendo de un sitio a otro durante la jornada (por ejemplo, un desplazamiento entre centros). El accidente in itinere puro —el de ir o volver de casa al trabajo— no entra en esta comunicación de 24 horas, aunque sí se tramita como accidente de trabajo por la vía normal.

Cómo hacer la comunicación urgente paso a paso

La norma original hablaba de avisar «por telegrama o medio análogo», pero hoy se hace por vía electrónica a través del sistema Delt@ (la plataforma oficial de declaración de accidentes). Estos son los pasos:

  1. Entra en el sistema Delt@ (delta.mites.gob.es) con el certificado digital de la empresa o de la persona autorizada.
  2. Abre la comunicación urgente de accidente y rellena los datos del hecho.
  3. Dirígela a la autoridad laboral de la provincia donde ha ocurrido el accidente.
  4. Hazlo dentro de las 24 horas siguientes al accidente. Cuanto antes, mejor.

La comunicación tiene que incluir, como mínimo: razón social, domicilio y teléfono de la empresa, el nombre del trabajador accidentado, la dirección completa del lugar donde ocurrió y una breve descripción de cómo pasó.

línea de tiempo con los plazos de notificación de un accidente laboral grave (24 horas y 5 días hábiles)

Quién tiene que comunicarlo: empresa, mutua o autónomo

La obligación legal de notificar es del empresario. Lo dice la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (art. 23.3): la empresa es la responsable de dar cuenta de los daños a la salud de sus trabajadores.

En la práctica, la tramitación del parte se canaliza a través de tu mutua, que recibe y gestiona los modelos. Pero ese apoyo no te quita la responsabilidad: si la comunicación urgente no se hace a tiempo, responde la empresa.

¿Y el autónomo? Si trabaja por cuenta propia y tiene cubierta la contingencia de accidente de trabajo, cumplimenta él mismo el parte de sus propios accidentes, en las mismas condiciones.

La obligación de avisar es de la empresa, aunque el parte lo tramite la mutua
Plazo de la comunicación urgente: 24 horas
Plazo del parte de accidente: 5 días hábiles

Qué pasa si no comunicas un accidente grave a tiempo

No avisar en plazo no es un descuido menor: tiene consecuencias económicas claras.

  • No comunicar en tiempo y forma un accidente grave, muy grave o mortal es una infracción grave en el orden social (art. 12.3 de la LISOS).
  • No comunicar uno leve es una infracción leve (art. 11.2 de la LISOS).

Una infracción grave en materia de prevención se sanciona con multa de 2.451 a 9.830 € en su grado mínimo, de 9.831 a 24.585 € en grado medio y de 24.586 a 49.180 € en grado máximo (art. 40.2 de la LISOS, importes vigentes en 2026). El grado depende de factores como la intencionalidad, la negligencia o el número de afectados.

⚠️ El reloj corre desde que ocurre el accidente

Si es grave, muy grave o mortal, haz la comunicación urgente antes de 24 horas y, después, el parte dentro de los 5 días hábiles. El plazo cuenta desde el accidente, no desde que te organizas.

Qué hace la Inspección de Trabajo después del aviso

Cuando recibe la comunicación, la autoridad laboral da traslado a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) para que investigue el accidente: cómo ocurrió, por qué y en qué circunstancias. Además, la propia empresa está obligada a investigar el accidente por su cuenta (art. 16.3 de la Ley de Prevención).

Si de esa investigación se concluye que hubo incumplimiento de medidas de seguridad, pueden llegar dos cosas: una sanción (que se puede impugnar) y un recargo de prestaciones, que es un sobrecoste que paga la empresa sobre las prestaciones del trabajador. Por eso conviene tener clara la diferencia entre ambas y cómo defenderse.

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Preguntas frecuentes sobre la notificación de accidentes graves

¿Cuánto tiempo hay para comunicar un accidente laboral grave?

Veinticuatro horas desde que ocurre el accidente. Ese plazo es solo para la comunicación urgente a la autoridad laboral; el parte de accidente normal tiene cinco días hábiles.

¿Qué accidentes se notifican en 24 horas?

Los graves, los muy graves, los mortales y los que afectan a más de cuatro trabajadores. El resto se tramitan solo con el parte de accidente ordinario.

¿Qué diferencia hay entre el parte de accidente y la comunicación urgente?

El parte es el trámite normal para todo accidente con baja (5 días hábiles, a la mutua). La comunicación urgente es un aviso extra solo para los accidentes serios (24 horas, a la autoridad laboral). En un accidente grave se hacen los dos.

¿Qué se considera un accidente de trabajo grave?

No hay una lista cerrada: lo determina la gravedad de las lesiones. En caso de duda, lo prudente es tratarlo como grave y hacer la comunicación urgente.

¿A qué autoridad laboral hay que comunicar el accidente?

A la de la provincia donde ha ocurrido el accidente. La comunicación se canaliza por el sistema electrónico Delt@.

¿Quién comunica el accidente, la empresa o la mutua?

La obligación es del empresario. La mutua gestiona la tramitación del parte, pero la responsabilidad de avisar a tiempo es de la empresa.

¿Qué es el sistema Delt@?

Es la plataforma electrónica oficial para declarar los accidentes de trabajo, incluida la comunicación urgente de los accidentes graves.

¿Qué pasa si no se comunica un accidente a tiempo?

No avisar de un accidente grave, muy grave o mortal es una infracción grave, con multa de 2.451 a 49.180 € según el grado. No comunicar uno leve es infracción leve.

¿Hay que comunicar también los accidentes in itinere graves?

La comunicación urgente cubre los accidentes en el centro de trabajo o en desplazamientos durante la jornada. El accidente in itinere puro (ir o volver de casa) no entra en el aviso de 24 horas, aunque sí se tramita como accidente de trabajo.

¿El autónomo tiene que comunicar su propio accidente grave?

Si tiene cubierta la contingencia de accidente de trabajo, sí: cumplimenta él mismo el parte de sus accidentes en las mismas condiciones que una empresa.

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