
Tienes la espalda destrozada, llevas meses sin poder trabajar como antes y nadie te dice claramente si puedes solicitar una incapacidad permanente. Esta guía es para ti: te explicamos sin rodeos qué dice la ley, qué grado de IP puede corresponder a una lumbalgia y cómo dar el primer paso.
La lumbalgia que no cede: cuando el dolor ya no es solo dolor
La lumbalgia crónica es la causa número uno de incapacidad permanente en España. No estamos hablando de un dolor de espalda pasajero: hablamos de una patología que te impide agacharte, mantener una postura durante horas, cargar peso o incluso estar sentado frente a un ordenador sin que el dolor te bloquee.
Muchos trabajadores con lumbalgia grave siguen aguantando porque no saben que pueden solicitar la IP. O lo intentan y el INSS les deniega en una primera valoración. Lo que no saben es que, con la documentación adecuada y el argumento correcto, muchos de esos casos tienen opciones reales.
¿Qué tipo de lumbalgia puede dar lugar a IP?
No basta con tener lumbalgia para solicitar la incapacidad permanente. El INSS valora si la lesión es crónica, irreversible y limita de forma objetiva tu capacidad para trabajar. Las situaciones más reconocidas son: hernia discal con secuelas neurológicas, espondiloartrosis lumbar avanzada, estenosis de canal lumbar, síndrome de cirugía de columna fallida (FBSS) y lumbalgias mecánicas invalidantes sin perspectiva de mejoría tras agotamiento del tratamiento.
Tus derechos: qué grado de IP puede corresponder a una lumbalgia
La ley reconoce cuatro grados de incapacidad permanente. Tu lumbalgia puede encajar en uno de estos tres:
Incapacidad Permanente Parcial (IPP): reduce tu rendimiento laboral en un 33% como mínimo. Se paga como indemnización única de 24 mensualidades de la base reguladora.
Incapacidad Permanente Total (IPT): te impide ejercer tu trabajo habitual, aunque puedas hacer otras tareas. Cobras el 55% de la base reguladora mensual (o el 75% si tienes más de 55 años y dificultades para encontrar nuevo empleo).
Incapacidad Permanente Absoluta (IPA): no puedes ejercer ninguna actividad laboral. Cobras el 100% de la base reguladora. Exenta de IRPF.

La base reguladora para enfermedad común se calcula con los 96 meses (8 años) previos al hecho causante, divididos entre 112. Si tu lumbalgia deriva de accidente de trabajo o enfermedad profesional, el cálculo es diferente y generalmente más favorable.
Cómo solicitar la incapacidad permanente por lumbalgia: pasos concretos
1. Reúne tu historial médico completo: informes del médico de cabecera, especialista en traumatología o reumatología, resonancias magnéticas, informes quirúrgicos si los hay, y cualquier documento que acredite los tratamientos seguidos y su falta de éxito.
2. Solicita la IP en la sede electrónica del INSS (sede.seg-social.gob.es) o en tu Dirección Provincial. También puede iniciarse de oficio a través de tu médico de atención primaria.
3. El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) estudiará tu expediente y te citará para reconocimiento médico. Prepara bien esa cita: lleva todo el historial, muestra las limitaciones reales sin minimizar el dolor.
4. Si te deniegan, tienes 30 días hábiles para presentar Reclamación Previa ante el INSS. No dejes pasar ese plazo.
5. Si la Reclamación Previa también es denegada, dispones de 30 días más para interponer demanda ante el Juzgado de lo Social.