Cuánto se cobra por accidente laboral

Si te has accidentado en el trabajo, lo primero que quieres saber es cuánto vas a cobrar durante la baja. La regla general en España en 2026 es el 75% de tu base reguladora desde el día siguiente al accidente (el día del accidente lo paga la empresa como salario íntegro). Pero hay situaciones donde puedes cobrar más, y otras donde la cifra puede cambiar si hay secuelas permanentes.
✓ Baja por accidente laboral: 75% de la base reguladora desde el día 1 (el día del accidente, salario íntegro)
✓ Sin período mínimo de cotización previa (a diferencia de la enfermedad común)
✓ Con mejora voluntaria del convenio colectivo puede llegar al 100%
Cuánto cobras de baja: la regla general del 75%
Cuando sufres un accidente de trabajo o contraes una enfermedad profesional, tienes derecho a la prestación de incapacidad temporal (IT) por contingencias profesionales. Según el artículo 131 de la LGSS (RDL 8/2015), la cuantía es el 75% de la base reguladora, y se cobra desde el día siguiente a la baja. No existe período de espera ni requisito mínimo de cotización previa, a diferencia de la baja por enfermedad común.
¿Quién paga cada día? El día del accidente lo paga la empresa como salario íntegro. Desde el día siguiente, la prestación la paga la Mutua de Accidentes de Trabajo (en pago delegado a través de tu empresa en nómina) o directamente el INSS si no hay Mutua. Esta regla se aplica tanto en accidentes laborales como en enfermedades profesionales reconocidas.
Cómo se calcula la base reguladora: paso a paso con ejemplo
La base reguladora diaria en accidente laboral se calcula así (art. 13 RD 625/2014):
- Base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior dividida entre el número de días de ese mes.
- Más la cotización por horas extraordinarias de los 12 meses anteriores dividida entre 365.
Ejemplo práctico: Si tu base de cotización AT/EP del mes anterior es 2.100 € (30 días) y cotizaste 600 € en horas extra en los últimos 12 meses:
- BR diaria = 2.100 / 30 + 600 / 365 = 70,00 + 1,64 = 71,64 €/día
- Subsidio diario (75%) = 53,73 €/día (sujeto a retención IRPF)
- Al mes (30 días) = ≈ 1.612 €/mes brutos
¿Y si tienes dos trabajos a la vez? La base reguladora combina lo cotizado en ambos empleos. Lo vemos paso a paso en accidente laboral con pluriempleo.
La Mutua calculará automáticamente esta base con los datos de tu empresa. Si crees que hay un error, pide el desglose por escrito.
Cuándo puedes cobrar el 100%: mejora voluntaria del convenio
La ley fija el mínimo en el 75%, pero muchos convenios colectivos incluyen una mejora voluntaria que eleva la prestación al 100% de la base reguladora durante toda la baja o durante los primeros meses. Esto se llama «mejora voluntaria de prestaciones» y la financia la empresa según lo pactado en el convenio.
Para saber si te aplica, consulta tu convenio colectivo (disponible en el BOE o en la web del Ministerio de Trabajo) o pregunta a tu departamento de RRHH. Si el convenio lo recoge y la empresa no lo aplica, puedes reclamarlo. La mejora voluntaria no está obligada por ley pero sí es exigible si está en el convenio firmado.

Si el accidente deja secuelas, puedes tener derecho a una indemnización de pago único por LPNI o, si te impide trabajar, a una pensión por Incapacidad Permanente derivada de contingencias profesionales — normalmente más favorable que la de enfermedad común.
Qué cobras si el accidente deja secuelas permanentes: LPNI e IP
Una baja por accidente laboral puede derivar en dos tipos de compensaciones adicionales si quedan secuelas:
Lesiones Permanentes No Invalidantes (LPNI)
Si el accidente deja secuelas permanentes (cicatrices, pérdida parcial de movilidad, amputaciones menores…) pero no te impiden trabajar, tienes derecho a una indemnización de pago único según el baremo del Real Decreto 1148/2011. Las cantidades van desde unos cientos de euros hasta más de 40.000 €, según la gravedad de la lesión. No es incompatible con volver a trabajar.
Incapacidad Permanente (IP) derivada de accidente laboral
Si las secuelas son graves y te impiden trabajar con carácter definitivo, puedes solicitar el reconocimiento de una incapacidad permanente. Las pensiones por IP derivada de accidente laboral se calculan sobre la base reguladora del accidente y suelen ser más altas que las de contingencia común. Los grados reconocidos son: parcial (una vez), total (55% de la BR), absoluta (100% de la BR) y gran invalidez (100% + complemento).
✓ Secuelas que no impiden trabajar → LPNI: indemnización de pago único (baremo RD 1148/2011)
✓ Secuelas que impiden trabajar → Incapacidad Permanente: pensión mensual según el grado
✓ Ambas se calculan sobre contingencias profesionales (más favorable que común)
Qué hacer si la Mutua niega que es accidente laboral
A veces la Mutua clasifica el accidente como contingencia común (enfermedad general) para reducir el coste. En ese caso, recibirías el 60% en lugar del 75% y podrías necesitar período de cotización previa. Si no estás de acuerdo, puedes iniciar un proceso de determinación de contingencia ante el INSS para que revise la clasificación. Es uno de los conflictos más frecuentes en accidentes laborales en España.
La documentación clave para defender que es AT/EP: el parte de accidente de trabajo, el informe médico inicial, el atestado o las declaraciones de testigos si los hay, y cualquier comunicación de la empresa. El plazo para reclamar varía según la vía (administrativa o judicial), pero conviene actuar cuanto antes.
Preguntas frecuentes sobre cuánto se cobra por accidente laboral
¿Cuánto se cobra de baja por accidente laboral en 2026?
En 2026, la prestación de baja por accidente laboral es el 75% de tu base reguladora por contingencias profesionales desde el día siguiente al accidente. El día del accidente lo paga la empresa como salario íntegro. Si tu convenio colectivo incluye mejora voluntaria, puede llegar al 100%.
¿Cuándo se cobra el 100% de la baja por accidente laboral?
Se cobra el 100% cuando el convenio colectivo de tu sector o empresa incluye una mejora voluntaria de prestaciones que complementa hasta ese porcentaje. La ley solo obliga al 75%, pero muchos convenios mejoran esta cantidad. Consulta tu convenio o pregunta a RRHH.
¿Quién paga la baja por accidente laboral?
El día del accidente lo paga la empresa (salario íntegro). Desde el día siguiente, la prestación la financia la Mutua de Accidentes de Trabajo o el INSS (si la empresa cotiza directamente a la Seguridad Social). El pago suele hacerse en nómina a través de la empresa (pago delegado).
¿Cuánto me tienen que pagar por accidente laboral si hay secuelas?
Si las secuelas son permanentes pero no te impiden trabajar, tienes derecho a una indemnización de pago único por Lesiones Permanentes No Invalidantes (LPNI), según el baremo del RD 1148/2011. Si las secuelas son incapacitantes, corresponde una pensión por Incapacidad Permanente, calculada también sobre contingencias profesionales.
¿Tiene período de carencia la baja por accidente laboral?
No. La baja por accidente de trabajo o enfermedad profesional no requiere período mínimo de cotización previa (no hay carencia). Cualquier trabajador dado de alta en la Seguridad Social tiene derecho desde el primer día, independientemente del tiempo que lleve cotizando — incluso si estás en periodo de prueba.
¿Qué pasa si la Mutua clasifica mi accidente como enfermedad común?
Si la Mutua lo clasifica como contingencia común, recibirás el 60% (con período de espera) en lugar del 75% sin espera. Puedes impugnar esta decisión solicitando la determinación de contingencia ante el INSS. Es importante conservar el parte de accidente, informes médicos y cualquier prueba que acredite que ocurrió en el trabajo.
¿Cuánto cobra un trabajador de baja por accidente laboral con sueldo de 1.500 €?
Depende de tu base de cotización, no del salario bruto. Si tu base de cotización AT/EP mensual es 1.500 €, la base reguladora diaria es 1.500/30 = 50 €/día. La prestación sería 50 × 0,75 = 37,50 €/día, es decir, unos 1.125 €/mes antes de impuestos. Si el convenio mejora al 100%, recibirías 1.500 € brutos mensuales.