Indemnización por cicatriz de accidente laboral 2026: baremo y cómo reclamar

Si te quedó una cicatriz después de un accidente en el trabajo, es posible que tengas derecho a una indemnización a tanto alzado, aunque puedas seguir trabajando con normalidad. En la Seguridad Social esto se llama Lesión Permanente No Invalidante (LPNI) y está regulado en el artículo 201 del TRLGSS. No es una pensión mensual, sino un pago único cuya cuantía depende de la localización, el tamaño y la repercusión funcional de la cicatriz.

En esta guía encontrarás el baremo oficial vigente (Orden ISM/450/2023), los factores que determinan cuánto te corresponde y el proceso paso a paso para reclamarlo. El plazo para pedir esta indemnización es de 3 años desde el alta médica (art. 43 LGSS), así que conviene actuar a tiempo.


Regla de medición pericial evaluando una cicatriz para calcular la indemnización por accidente laboral

¿Qué es una cicatriz indemnizable como LPNI?

El artículo 201 del TRLGSS establece que las lesiones permanentes de carácter definitivo causadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional que no llegan a constituir una incapacidad permanente dan derecho a una indemnización única. Las cicatrices encajan en este supuesto cuando son estabilizadas, visibles y objetivables tras recibir el alta médica por curación.

No importa si puedes seguir trabajando con normalidad: lo relevante es que la cicatriz supone una alteración de la integridad física. El reconocimiento lo realiza el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades), a petición tuya o de la mutua.


Baremo 2026: ¿cuánto vale tu cicatriz?

El baremo vigente es la Orden ISM/450/2023, de 4 de mayo (BOE 6 de mayo de 2023, en vigor desde el 7 de mayo de 2023). Sustituyó a la Orden ESS/66/2013 actualizando todas las cuantías según el IPC acumulado de 2011 a 2022.

Las cicatrices pueden aparecer en distintos epígrafes del baremo según su localización:

Tipo de cicatrizReferencia en la Orden ISM/450/2023Cuantía orientativa
Cicatrices en cabeza y cara con desfiguramiento notableEpígrafe Cabeza y CaraVaría según tipo y extensión
Cicatrices en miembros vinculadas a una pérdida funcional concretaEpígrafes Miembros Superiores / InferioresSegún lesión asociada
Cicatrices no incluidas en epígrafes anteriores (tronco, abdomen, espalda, otras)Epígrafe final de cicatricesDe 647 € a 2.552 €

Fuente: Orden ISM/450/2023, de 4 de mayo (BOE-A-2023-10874). Cuantías vigentes desde el 7 de mayo de 2023.

La horquilla de 647 € a 2.552 € para cicatrices genéricas no es fija: el médico del EVI valora cada cicatriz de forma individual. Si tienes varias cicatrices por el mismo accidente, cada una genera una indemnización independiente que se suman entre sí.


Qué factores determinan la cuantía de tu cicatriz

El EVI evalúa varios aspectos para situar la cicatriz dentro de la escala. Son los mismos criterios que aplica cualquier perito médico en la valoración:

  • Localización: una cicatriz en la cara (zona de alta visibilidad social) se valora más que en el tronco o la espalda.
  • Tamaño y extensión: cuanto mayor sea la superficie afectada, mayor el importe reconocido.
  • Tipo de cicatriz: las retráctiles (que tensan la piel o limitan el movimiento) tienen más valor que las planas o hipertróficas sin repercusión funcional.
  • Visibilidad habitual: zonas expuestas cotidianamente (manos, cuello, antebrazos) se puntúan más que zonas cubiertas por la ropa.
  • Perturbación funcional: si la cicatriz restringe la movilidad de una articulación, puede reconocerse también como limitación funcional, con cuantías propias del baremo.
Modelo anatómico mostrando las zonas de visibilidad para el baremo de indemnización por cicatrices en pierna, mano y codo.

✓ Baremo vigente: Orden ISM/450/2023 — en vigor desde el 7 de mayo de 2023.

✓ Cicatrices genéricas: de 647 € a 2.552 € por cada cicatriz, valoradas de forma independiente.
✓ Plazo para reclamar: 3 años desde la fecha del alta médica (art. 43 LGSS).
✓ Sin cotización previa mínima: basta con estar dado de alta en la SS en el momento del accidente laboral.


Recurso recomendado

La cuantía de tu cicatriz depende de cómo se documente: tamaño, visibilidad y localización. Un informe de un especialista independiente que la valore bien puede marcar la diferencia frente a la valoración de la mutua. En SaludOnNet consigues esa segunda opinión o la prueba que necesites, sin listas de espera y con el precio por delante.

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Casos concretos: cicatriz en la cara, la mano, la pierna…

Cicatriz en la cara o el cuello

Las cicatrices faciales obtienen normalmente las cuantías más altas porque afectan a la zona de mayor visibilidad social. Si hay desfiguramiento notorio, el baremo puede reconocerla dentro del epígrafe específico de Cabeza y Cara con cantidades más elevadas. Incluso una cicatriz facial leve puede quedar en el tramo alto de la escala general.

Cicatriz en la mano o el antebrazo

Las manos son zonas de alta exposición y gran relevancia funcional. Una cicatriz retráctil en la palma o los dedos que limite la flexión puede ir acompañada de un reconocimiento adicional de limitación de movilidad como LPNI o, si la limitación es mayor, abrir la puerta a una Incapacidad Permanente Parcial.

Cicatriz en la pierna, el tronco o la espalda

Zonas cubiertas y con menor impacto funcional suelen quedar en los tramos medios o bajos de la escala. Sin embargo, si hay varias cicatrices (por ejemplo, tres cicatrices postquirúrgicas en la misma zona por distintas intervenciones del mismo accidente), cada una se valora e indemniza de forma separada y los importes se suman, lo que puede elevar considerablemente el total.


Cómo tramitar la indemnización: paso a paso

El proceso no requiere abogado, aunque conviene conocerlo para no perder plazos ni derechos.

  1. Recibe el alta médica definitiva de la mutua o del INSS. Las cicatrices solo se valoran una vez estabilizadas: la LPNI nace cuando la lesión es definitiva.
  2. Solicita la valoración de LPNI ante la mutua que cubría tu contingencia profesional o ante el INSS. Puedes hacerlo en la sede electrónica de la Seguridad Social, en la oficina de atención o por correo ordinario.
  3. El EVI evalúa tu cicatriz: te citarán para una exploración médica donde el equipo valorará la lesión según el baremo oficial.
  4. Resolución del director provincial del INSS o ISM: emite una resolución que indica la lesión reconocida y el importe a cobrar.
  5. Cobro único: la mutua o el INSS abona la indemnización de una sola vez. No tributa como renta en el IRPF.

⚠️ No pierdas el plazo: 3 años desde el alta médica

El derecho a reclamar la LPNI prescribe a los 3 años desde que se notificó el alta médica (art. 43 LGSS). No hay prórroga. Si tu accidente fue hace menos de 3 años y todavía no has reclamado, actúa cuanto antes.


¿Y si la mutua no te reconoce la cicatriz como LPNI?

Si la mutua deniega tu solicitud o reconoce una cuantía inferior a la que te corresponde, tienes dos vías de recurso:

Reclamación previa administrativa: antes de ir al juzgado, debes presentar una reclamación previa ante el INSS en el plazo de 30 días hábiles desde la resolución desfavorable. Es obligatoria y gratuita.

Acción judicial ante el Juzgado de lo Social: si la reclamación previa no prospera, puedes interponer demanda. El juez puede ordenar una nueva valoración pericial independiente de la cicatriz, lo que a menudo resulta en importes más favorables.

Si crees que el alta médica se produjo prematuramente y la cicatriz no estaba estabilizada, consulta el proceso para impugnar el alta médica.

⚠️ Cicatriz retráctil: puede ir más allá de la LPNI

Una cicatriz que tensiona la piel y limita el movimiento articular (cicatriz retráctil) puede no ser solo una LPNI. Si esa limitación te impide realizar parte de tu trabajo habitual, podrías estar ante una Incapacidad Permanente Parcial. La diferencia económica es enorme: la IPP paga el 55% de la base reguladora mensual de forma vitalicia. Vale la pena que un médico especialista valore tu caso.


Preguntas frecuentes sobre indemnización por cicatriz de accidente laboral

¿Cuánto me pueden dar por una cicatriz de accidente laboral?

Depende de la localización, el tamaño y si produce perturbación funcional. Según la Orden ISM/450/2023, las cicatrices no incluidas en epígrafes específicos se indemnizan con 647 € a 2.552 € por cada una. Las cicatrices faciales o las asociadas a pérdida de tejido pueden corresponder a cuantías superiores dentro del baremo de cabeza y cara.

¿Tengo que seguir en la misma empresa o en activo para cobrar?

No. Solo necesitas haber estado en alta o situación asimilada al alta en el momento del accidente. Puedes estar en desempleo, en otra empresa o incluso ser pensionista y tener derecho, siempre que el accidente fuera laboral y no hayan pasado más de 3 años desde el alta médica.

¿La indemnización por cicatriz laboral está exenta de IRPF?

Sí. Las indemnizaciones por LPNI abonadas conforme al baremo oficial (Orden ISM/450/2023) están exentas de tributación en el IRPF. No se incluyen como rendimiento del trabajo ni como ganancia patrimonial en la declaración de la renta.

¿Puedo pedir la LPNI aunque la mutua no me haya dicho nada?

Sí, y es lo más habitual. La mutua no siempre inicia el trámite de oficio. Tienes derecho a solicitarla tú mismo ante la mutua o el INSS una vez que tengas el alta médica definitiva. El plazo es de 3 años desde el alta (art. 43 LGSS).

Si tengo tres cicatrices del mismo accidente, ¿cobro por las tres?

Sí. Cada cicatriz es una lesión autónoma e independiente. Si el accidente te dejó varias cicatrices en distintas zonas, cada una genera su propia indemnización según el baremo. El importe total es la suma de todas las indemnizaciones reconocidas.

¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud de LPNI?

El plazo legal de resolución es de 135 días hábiles desde la presentación de la solicitud. En la práctica muchos expedientes se resuelven antes. Si se supera ese plazo sin respuesta, puedes entender denegada la solicitud por silencio administrativo y recurrir.

¿Puede una cicatriz derivar en Incapacidad Permanente?

Si la cicatriz es retráctil o queloidea y provoca limitación funcional que te impide realizar tu trabajo habitual de forma significativa, puede derivar en Incapacidad Permanente Parcial (IPP). La diferencia es que la IPP paga una pensión mensual del 55% de tu base reguladora, frente al pago único de la LPNI. Importante valorar bien el caso si la cicatriz interfiere con tu actividad laboral.

¿La indemnización de LPNI es compatible con haber cobrado la baja médica?

Sí. La LPNI se solicita después del alta médica, cuando la cicatriz ya es definitiva. El hecho de haber cobrado la prestación por incapacidad temporal (IT) durante la baja no afecta al derecho ni al importe de la indemnización por LPNI.


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