Calculadora de jubilación: ¿cuándo te puedes jubilar?
Pon tu mes y año de nacimiento, los años que llevas cotizados y tu situación. Al momento te decimos en qué fecha te puedes jubilar, con qué porcentaje de tu base reguladora y, si quieres adelantarla, desde cuándo y cuánto perderías. Usa las reglas de la Ley General de la Seguridad Social para 2026 y el cambio de 2027, y no te pide ni tu nombre ni tu correo.
¿Cuándo te puedes jubilar?
Con tu fecha de nacimiento y tus años cotizados, al momento. Gratis y sin dejar tus datos.
¿Te lo enviamos por correo?
Te mandamos este resultado y, en los próximos días, tres correos cortos: qué revisar en tu vida laboral, el cambio de 2027 y cuánto se pierde al adelantar la jubilación.
Cómo calcula tu fecha
La edad de jubilación no es la misma para todo el mundo. Depende de dos cosas: el año en que te jubilas y los años que tengas cotizados ese día, no los de hoy. La calculadora hace la cuenta mes a mes, desde que cumples 65 hasta los 67, y se queda con la primera fecha en la que cumples la regla de ese año.
| Si te jubilas en… | Te jubilas a los 65 con… | Si no llegas, a los… |
|---|---|---|
| 2025 | 38 años y 3 meses cotizados | 66 años y 8 meses |
| 2026 | 38 años y 3 meses cotizados | 66 años y 10 meses |
| 2027 y después | 38 años y 6 meses cotizados | 67 años |
Fuente: disposición transitoria séptima de la Ley General de la Seguridad Social.
Si sigues trabajando, la calculadora suma los meses que cotizarás hasta tu fecha. Por eso te puede decir, por ejemplo, que te jubilas a los 65 años y 4 meses: es el mes en que llegarás a los años que pide la ley.
Los adelantos: desde cuándo y con qué recorte
Para la anticipada voluntaria hacen falta 35 años cotizados y te puedes adelantar hasta 24 meses. Para la anticipada por despido (un ERE, un despido objetivo y algún caso más), 33 años y hasta 48 meses. En las dos, los meses se cuentan desde la edad que te tocaría si siguieras cotizando hasta entonces, y cada mes recorta la pensión para siempre, más o menos según los años que tengas cotizados.
| Meses que te adelantas | Voluntaria | Por despido |
|---|---|---|
| 48 meses | No se puede | 30 % |
| 24 meses | 21 % | 15 % |
| 12 meses | 5,50 % | 5,50 % |
| 6 meses | 4 % | 3,75 % |
| 1 mes | 3,26 % | 0,63 % |
Fuente: artículos 207 y 208 de la Ley General de la Seguridad Social. Recortes para menos de 38 años y 6 meses cotizados; con más años, son algo menores.
Las tablas completas, mes a mes y por años cotizados, están en jubilación anticipada voluntaria y en jubilación anticipada por despido.
⚠️ Si cobras el subsidio por desempleo
Si al jubilarte llevas al menos tres meses cobrando el subsidio por desempleo, la anticipada voluntaria se calcula con los recortes de la anticipada por despido, que son más suaves. La calculadora lo tiene en cuenta si eliges «Cobro el subsidio para mayores de 52 años».

Con tres datos, la calculadora te da tu fecha, tu porcentaje y tus opciones para adelantarla.
Tres ejemplos
Marta: nació en marzo de 1965, tiene 30 años cotizados y trabaja
Cumple 65 en 2030 con unos 33 años y medio cotizados, lejos de los 38 y medio. Su edad es 67 años: marzo de 2032. Ese día tendrá 35 años y 5 meses cotizados, que le dan el 96,55 % de su base reguladora. Por su cuenta podría jubilarse desde octubre de 2031, con un 3,83 % menos; si la despidieran, desde octubre de 2029, con un 18,13 % menos.
Andrés: nació en febrero de 1962 y tiene 38 años cotizados
Cumple 65 en febrero de 2027 con 38 años y 4 meses. Con las reglas de 2026 le bastaría para jubilarse ese mismo mes, pero en 2027 hacen falta 38 años y 6 meses. Si sigue trabajando, los tendrá en abril de 2027: se jubila con 65 años y 2 meses. Es el caso típico al que el cambio de 2027 le mueve la fecha.
Rosa: nació en junio de 1970, tiene 10 años cotizados y ahora no trabaja
Con 10 años cotizados no llega a los 15 que pide la pensión de jubilación. La calculadora se lo dice y le enseña cómo puede completar los que le faltan: volver a trabajar o, si cumple los requisitos, el convenio especial. Lo explicamos en me faltan años cotizados.
Lo que la calculadora no tiene en cuenta
- Trabajos penosos o peligrosos y discapacidad. El mar, la minería, los bomberos o la policía local, entre otros, y las personas con discapacidad del 45 % o del 65 % tienen edades propias, más bajas.
- Años trabajados en otros países. Los de la Unión Europea y los de países con convenio se suman para llegar a los mínimos, pero la calculadora solo cuenta lo que tú le pongas.
- La jubilación parcial y la flexible, que tienen reglas propias.
- Los euros. Te da el porcentaje de tu base reguladora, no la pensión en euros: para eso hacen falta tus bases de cotización reales.
Del cuándo al cuánto
La fecha es la mitad de la decisión. La otra mitad es cuánto cobrarás en cada fecha, y eso sale de tus bases de cotización. Si tienes Cl@ve, puedes probar con el simulador de la Seguridad Social, en Tu Seguridad Social. Si prefieres entender la cuenta, la explicamos paso a paso en ¿cuánto cobraré de jubilación?. Y si quieres que la hagamos con tu vida laboral y te digamos qué fecha te conviene, lo tienes justo aquí debajo.
Preguntas frecuentes
¿La calculadora de jubilación es fiable?
Aplica las reglas de la Ley General de la Seguridad Social tal como están en el BOE: edades de 2026 y 2027, recortes de la anticipada y porcentaje por años cotizados. Es orientativa porque usa los años que tú le pones; tu fecha exacta sale de tu vida laboral.
¿Tengo que poner los años cotizados exactos?
Cuanto más exactos, mejor. Los tienes en tu informe de vida laboral, que da el total en días: divídelos entre 365 y tendrás los años. Si pones una cifra aproximada, la fecha se puede mover unos meses.
¿Cuenta el paro como tiempo cotizado?
La prestación por desempleo, sí: mientras la cobras, el SEPE cotiza por ti. El subsidio para mayores de 52 años también cotiza para la jubilación, pero no sirve para llegar a los 15 años mínimos: hay que tenerlos antes de pedirlo.
¿Por qué me sale una edad con meses, como 65 años y 4 meses?
Porque ese mes llegarás a los años cotizados que pide la ley para jubilarte sin esperar a los 67. Si sigues trabajando hasta entonces, es tu primera fecha posible.
¿Me puedo jubilar antes de los 63?
Por tu cuenta, no: como mucho 2 años antes de tu edad ordinaria. Por despido, hasta 4 años antes, es decir, a los 61 si tu edad ordinaria es de 65. Antes aún, solo en trabajos penosos o peligrosos o con discapacidad.
¿Sirve para autónomos?
Sí, con una diferencia: los autónomos no tienen jubilación anticipada por despido, solo la voluntaria. Elige «Soy autónomo» y la calculadora lo tiene en cuenta.
¿Qué pasa si cumplo 65 en 2027?
Que te aplican las reglas de 2027: 38 años y 6 meses cotizados para jubilarte a los 65 o, si no, 67 años. Si te quedas cerca de esos años, la calculadora te avisa.
¿Guardáis los datos que pongo?
No. No te pedimos el nombre ni el correo, y la cuenta se hace en tu propio navegador.