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Devolución de la regularización de autónomos: cuánto te devuelven, cuándo cobras y qué hacer si no llega

Si en 2025 cotizaste por una base más alta que la máxima de tu tramo de ingresos reales, la Seguridad Social te devuelve la diferencia de cuotas. Lo hace de oficio, sin que lo pidas, en la cuenta donde te cobra las cuotas y, por ley, antes del 30 de abril de 2027. Sin intereses: te devuelven lo que pagaste de más, ni un euro más.

Antes de que llegue hay dos decisiones que puedes tomar: comprobar que la cantidad es correcta y, si estabas de alta el 31 de diciembre de 2022, decidir si renuncias a la devolución para conservar tu base. Y si pasa el 30 de abril y no has cobrado, hay un camino claro para reclamarlo. Todo, aquí.

Electricista autónomo de unos treinta y cinco años sentado en su furgoneta de trabajo, comprobando en el móvil si ha llegado la devolución de la regularización de cuotas

En la regularización de 2026, los ingresos empezaron a mediados de marzo y se concentraron en abril. Si tu resolución dice «a devolver» y estamos en marzo, lo normal es que aún no haya llegado.

Te devuelven la diferencia hasta la base máxima de tu tramo, de oficio
En la cuenta de domiciliación de las cuotas, antes del 30 de abril
Sin intereses; si tienes deudas con la Seguridad Social, se compensa

Quién tiene derecho a la devolución de la regularización

La regla está en el artículo 308.1.c de la Ley General de la Seguridad Social: si la cuota que pagaste cada mes fue superior a la cuota de la base máxima del tramo en el que caen tus rendimientos reales, la Tesorería te devuelve la diferencia. Es decir, hay devolución cuando ganaste menos de lo que habías previsto al elegir tu base.

Esto es más frecuente de lo que parece. En la regularización de 2023, un 26,85 % de los 3,7 millones de autónomos revisados había cotizado por encima de su tramo: más de los que habían cotizado por debajo. El balance final habló de más de 460.000 autónomos con devolución. Ocurre sobre todo a quien mantuvo una base alta de antes de 2023, a quien tuvo un mal año y a quien se dio de alta a mitad de año con una base «de seguridad».

Dos matices que la ley deja claros: no se devuelven nunca los recargos ni los intereses que hubieras pagado por cuotas atrasadas, y las deudas que tuvieras por cuotas provisionales no pagadas tampoco se recalculan a la baja. Cómo se hace la cuenta completa, el calendario y los tres resultados posibles están en la guía de la carta de la regularización; si tu resolución dice «a ingresar», lo tuyo es qué hacer cuando te reclaman cuotas.

Cuánto te devuelven: el cálculo con un ejemplo

Pongamos a Luis, fontanero, que en 2025 cotizó todo el año por 1.300 € al mes (tramo 1 de la tabla general) porque pensaba facturar como el año anterior. Pero tuvo meses flojos.

PasoCálculoResultado
1. Rendimientos computablesRendimiento neto en la renta (9.500 €) + cuotas de autónomo pagadas (4.898 €)14.398 €
2. Gastos genéricos14.398 € − 7 %13.390 €
3. Promedio mensual13.390 € ÷ 365 días de alta × 301.100 € al mes
4. Tramo realDe 900 a 1.166,70 €: tramo 3 de la tabla reducidaBase máxima 1.166,70 €
5. Diferencia de base1.300 € − 1.166,70 €133,30 € al mes
6. Diferencia de cuota133,30 € × 31,40 % (tipo de 2025)41,86 € al mes
7. Total a devolver41,86 € × 12 meses502 €

Fuente: cálculo con el artículo 308.1.c de la Ley General de la Seguridad Social y las tablas y tipos de 2025 de la Orden PJC/178/2025. Cifras de ejemplo.

Fíjate en que a Luis no le devuelven hasta su rendimiento real (1.100 €), sino hasta la base máxima del tramo (1.166,70 €). Y en que las cuotas que pagó vuelven a sumarse a sus rendimientos: si no las sumas, te saldrá un tramo más bajo y una devolución mayor de la que de verdad te corresponde. Las tablas completas de tramos están en nuestra guía de cotización por ingresos reales.

Infografía con un ejemplo de devolución de la regularización de autónomos: base provisional de 1.300 euros, rendimientos de 1.100 euros al mes que caen en el tramo reducido 3 con base máxima 1.166,70; la diferencia por el 31,40 por ciento y 12 meses da 502 euros de devolución

Los meses que no se regularizan (baja médica, cese de actividad, tarifa plana) se quitan de la cuenta: ni suman devolución ni la restan. Si estuviste de baja parte de 2025, la devolución será proporcional a los meses que sí entran.

Antes de cobrar: ¿te conviene renunciar a la devolución para mantener tu base?

Si estabas de alta como autónomo el 31 de diciembre de 2022, la Tesorería te manda antes de la resolución un trámite de audiencia: puedes renunciar a la devolución y quedarte con tu base provisional como definitiva, siempre que no supere la base que tenías aquel día (disposición transitoria sexta del Real Decreto-ley 13/2022). Tienes hasta el último día del mes siguiente a la comunicación para decidirlo. Si no contestas, te devuelven y tu base baja.

¿Cuándo compensa renunciar a 500 €? Cuando una base más alta te va a servir pronto. Tu baja médica, tu cese de actividad y tu jubilación se calculan sobre lo que cotizas: con 1.300 € de base, la baja por enfermedad común son unos 975 € al mes desde el día 21; con 1.166,70 €, unos 875 €. Y en la pensión, cada mes con base más alta cuenta para siempre. En la regularización de 2023, el 59 % de los que pudieron elegir se quedaron con su base. Si tienes más de 50 años, una baja larga a la vista o estás pensando en cerrar, haz la cuenta con nuestra calculadora de cuánto cobras de baja siendo autónomo antes de contestar.

⚠️ Solo protege la base que tenías el 31 de diciembre de 2022

Si subiste la base en 2023 o después para cotizar más, esa subida no se puede conservar por esta vía: la ley solo deja mantener hasta la base de 2022. Los tribunales ya lo han confirmado en 2026.

Cuándo cobras y dónde te lo ingresan

La ley marca una sola fecha: la devolución se hace antes del 30 de abril del año siguiente a aquel en que Hacienda comunicó tus rendimientos. Para la regularización de 2025, antes del 30 de abril de 2027. No hay que pedirla: es de oficio.

  • Dónde: en la cuenta bancaria donde tienes domiciliadas las cuotas de autónomo. Si la cambiaste o la cerraste, el ingreso se bloquea; actualízala en Import@ss antes de marzo.
  • Cuánto tarda en la práctica: en 2026 las resoluciones salieron entre mediados de febrero y finales de marzo y los ingresos empezaron a mediados de marzo. En 2025, del 3 de marzo al 30 de abril.
  • Si debes algo a la Seguridad Social: la Tesorería compensa la devolución con la deuda y te ingresa solo la diferencia, si queda. Si tienes un aplazamiento en vigor, puede aplicarse a él.
  • Pluriactividad: si en 2025 fuiste autónomo y asalariado a la vez y entre los dos regímenes pasaste de 16.672,66 € de cuotas por contingencias comunes, tienes además el reintegro del 50 % del exceso. Va aparte, en los 4 meses siguientes a la regularización, y en 2025 muchos lo cobraron en verano.
Infografía con el calendario de la devolución de la regularización de autónomos: resolución en febrero y marzo, ingresos desde mediados de marzo, fecha límite legal del 30 de abril sin intereses, y hasta 4 meses después para el reintegro por pluriactividad; se ingresa en la cuenta de domiciliación y se compensa con deudas

Puedes seguir el estado de tu devolución en Import@ss, apartado «Regularización anual de cuotas»: ahí aparece la resolución, el importe y si el pago está hecho.

Qué hacer si la devolución no llega

Si llega el 1 de mayo y no has cobrado, sigue este orden. Casi siempre el problema está en los dos primeros puntos.

  1. Mira tu resolución en Import@ss. Comprueba que dice «a devolver» y el importe. Si en vez de resolución tienes solo el trámite de audiencia, es que aún no han resuelto; si no tienes nada, puede que tu base estuviera dentro del tramo y no haya devolución.
  2. Comprueba la cuenta de domiciliación. Si está cerrada o cambiada, actualízala en «Modificar datos» de Import@ss; el pago se reintenta después.
  3. Mira si tienes deudas. En «Consulta de deudas» verás si la devolución se ha compensado con cuotas pendientes o con un aplazamiento. Si fue así, no te llegará nada o te llegará menos.
  4. Pregunta por escrito. Desde el mismo servicio de regularización de Import@ss puedes hacer una consulta personalizada sobre tu expediente. Guarda el justificante.
  5. Si no hay respuesta o te dicen que no procede, presenta un escrito en la sede electrónica pidiendo la devolución, con la resolución y tu certificado de titularidad de la cuenta. Si la resolución misma es la que está mal (el importe no cuadra), el camino es el recurso de alzada en un mes desde que te la notificaron: cómo se hace, en los errores de la regularización y cómo alegar.

⚠️ El plazo de un mes para recurrir cuenta desde la resolución, no desde el 30 de abril

Si la devolución te parece baja porque la Tesorería ha usado unos rendimientos que no son los tuyos o ha contado meses que no debía, no esperes a ver si llega el dinero: el recurso de alzada tiene un mes desde la notificación de la resolución.

Si Hacienda cambia tu renta después

Puede que después de la regularización presentes una rectificación de tu renta de 2025 o que Hacienda te haga una comprobación y tus rendimientos bajen. En ese caso Hacienda se lo comunica a la Tesorería y tú puedes pedir la devolución de lo que pagaste de más (regla 6.ª del artículo 308.1.c). Si los rendimientos suben, el expediente pasa a la Inspección de Trabajo, que puede reclamarte la diferencia.

La devolución y tu declaración de la renta

Las cuotas que te devuelven las dedujiste en su día como gasto, así que ahora cuentan como menos gasto. Pero no en la renta de 2025: en la del año en que las cobras. La devolución de 2027 va en la renta de 2027, que presentarás en 2028, en las casillas que Renta Web tiene para la regularización. No tienes que rectificar la de 2025.

Si te devuelven dinero es porque cotizaste por encima de tus ingresos, y eso tiene un lado bueno que no conviene perder: tus prestaciones se calcularon con esa base. Antes de bajar el tramo para 2026, lee lo que cobrarías de baja y de cese en nuestra guía de autónomos y Seguridad Social, y si decides cambiar la base, hazlo con las fechas de cambio de base de cotización.

Preguntas frecuentes sobre la devolución de la regularización

¿Cuándo me devuelven las cuotas de la regularización de 2025?

Por ley, antes del 30 de abril de 2027. En la práctica, las devoluciones de la regularización anterior empezaron a mediados de marzo de 2026 y se concentraron en abril. Primero llega la resolución; el ingreso, unas semanas después.

¿Tengo que pedir la devolución?

No. La Tesorería la hace de oficio, en la cuenta donde domicilias las cuotas. Solo tienes que asegurarte de que esa cuenta está abierta y actualizada en Import@ss.

¿La devolución lleva intereses?

No. La ley dice expresamente que se devuelve la diferencia de cuotas sin aplicación de interés alguno. Tampoco se devuelven los recargos o intereses que hubieras pagado por cuotas atrasadas.

¿Me pueden quitar la devolución para pagar una deuda?

Sí. Si tienes cuotas pendientes con la Seguridad Social, la Tesorería compensa la devolución con esa deuda y te ingresa solo lo que sobre. Lo verás reflejado en la consulta de deudas de Import@ss.

¿Por qué no me devuelven hasta lo que gané de verdad?

Porque la regularización compara tu base provisional con la base máxima del tramo en el que caen tus rendimientos, no con tus rendimientos exactos. Te devuelven solo lo que cotizaste por encima de esa base máxima.

¿Puedo renunciar a la devolución para conservar mi base?

Solo si estabas de alta el 31 de diciembre de 2022. La Tesorería te lo ofrece en el trámite de audiencia y puedes mantener tu base hasta el tope de la que tenías entonces. Hay que contestar antes del último día del mes siguiente a la comunicación. Compensa si tu baja, tu cese o tu jubilación están cerca.

Estoy en pluriactividad, ¿mi devolución es distinta?

Puede haber dos devoluciones. La de la regularización, igual que para cualquier autónomo, y el reintegro del 50 % de lo que pagaste por contingencias comunes por encima de 16.672,66 euros en 2025 entre los dos regímenes, que llega aparte en los cuatro meses siguientes.

¿Cómo declaro la devolución en la renta?

Como menos gasto deducible de tu actividad en la renta del año en que la cobras, en las casillas específicas de Renta Web para la regularización de cuotas. No hay que rectificar la declaración de 2025.

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