Grado de discapacidad por artrosis: qué porcentaje te dan y cómo pedirlo
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La artrosis sí puede dar un grado de discapacidad, pero el porcentaje no depende del nombre de la enfermedad: depende de cuánto cartílago queda en cada articulación, de la movilidad que has perdido y de lo que ya no puedes hacer. Lo pides en el centro de valoración de tu comunidad autónoma, que tiene 6 meses para resolver. Si te dan menos del 33 %, tienes 30 días hábiles desde que te lo notifican para reclamar. Con el baremo que se aplica desde abril de 2023, una sola rodilla o una sola cadera se queda casi siempre por debajo del 33 %, por muy desgastada que esté. Se llega al 33 % cuando la artrosis afecta a varias articulaciones, cuando hay prótesis con mal resultado o cuando la limitación en el día a día está bien documentada. Aquí tienes los puntos que da el baremo articulación por articulación. También cómo pedir el grado en tu comunidad y qué hacer si te han dado menos de lo que te corresponde.

Lo que más pesa no es el informe que dice «artrosis». Pesa la radiografía que mide el espacio entre los huesos y la exploración de la movilidad de cada articulación.
El 33 % está en la clase 2 del baremo («discapacidad moderada», del 25 al 49 %)
Resuelven en 6 meses como máximo y el grado cuenta desde el día en que lo pediste
Para reclamar un grado bajo: 30 días hábiles desde que te notifican
Todo esto está en el Real Decreto 888/2022, que fija el baremo del grado de discapacidad. Es el que aplican los centros de valoración de todas las comunidades autónomas desde el 20 de abril de 2023. Sustituyó al baremo de 1999, que era el que usaban la mayoría de las páginas que todavía circulan por internet.
Qué mira el baremo cuando valora tu artrosis
El baremo no pregunta «¿tiene artrosis?». Pregunta tres cosas, por este orden. Una: qué deficiencia hay, lo que se ve en las pruebas y en la exploración de cada articulación. Dos: qué limitación te produce al andar, subir escaleras, vestirte o coger objetos. Tres: qué barreras tienes en tu entorno. Con eso te colocan en una de cinco clases:
| Clase | Grado de discapacidad | Qué significa |
|---|---|---|
| Clase 0 | 0 a 4 % | Nula: no te limita en la vida diaria |
| Clase 1 | 5 a 24 % | Leve: alguna dificultad, pero eres independiente |
| Clase 2 | 25 a 49 % | Moderada: aquí está el 33 %. Dificultad clara en varias actividades |
| Clase 3 | 50 a 95 % | Grave: dificultad grave, también para cuidarte |
| Clase 4 | 96 a 100 % | Total: no puedes hacer casi ninguna actividad sin ayuda |
Fuente: anexo I del Real Decreto 888/2022 (tabla 0.2), texto consolidado del BOE.
La clave está en cómo se combinan esas tres cosas. La clase la decide la deficiencia: lo que miden las radiografías, la resonancia y la exploración. La limitación en el día a día y las barreras del entorno suben o bajan el porcentaje dentro de esa clase, pero no te cambian de clase. Por eso dos personas con la misma radiografía pueden tener un 10 % y un 22 %. Pero ninguna de las dos llega al 33 % si su deficiencia se queda en la clase 1.
Hay una excepción que conviene conocer. Cuando la artrosis afecta a varias articulaciones a la vez (manos, rodillas, caderas, columna), el evaluador puede usar la limitación en la actividad como criterio principal, si considera que refleja mejor tu situación que la suma de deficiencias. Lo dice el propio baremo para las «plurideficiencias». Es el caso más habitual de artrosis generalizada en personas de más de 55 años, y el que más veces se queda sin valorar bien.
Cuántos puntos da la artrosis en cada articulación
El baremo puntúa cada articulación por separado y por lo que se ve en la radiografía: el espacio que queda entre los huesos (el «intervalo de cartílago», medido en milímetros). Da un porcentaje de deficiencia de la pierna o del brazo y luego lo convierte a porcentaje de la persona: la pierna vale el 40 % del cuerpo y el brazo el 60 %. Esa conversión es la que sorprende a casi todo el mundo.
Rodilla y cadera: lo que decide son los milímetros de cartílago
| Lo que dice la radiografía | Deficiencia de la pierna | Deficiencia de la persona |
|---|---|---|
| Espacio de 3 mm (artrosis incipiente) | 5 a 9 % | 2 a 4 % |
| Espacio de 2 mm | 16 a 24 % | 6 a 10 % |
| Espacio de 1 mm | 26 a 34 % | 10 a 14 % |
| Sin espacio: hueso contra hueso | 50 a 58 % | 20 a 23 % |
| Prótesis con buen resultado | 21 a 25 % | 8 a 10 % |
| Prótesis con resultado regular (algo de inestabilidad o rigidez) | 31 a 43 % | 12 a 17 % |
| Prótesis con mal resultado | 59 a 75 % | 24 a 30 % |
Fuente: anexo III del Real Decreto 888/2022, capítulo 16 (artrosis de rodilla, artrosis de cadera y sustitución articular) y tabla 16.9 de conversión. Dentro de cada tramo, el punto exacto lo fijan la exploración, el dolor y las pruebas.
Fíjate en la última columna. Una rodilla con hueso contra hueso vale, como mucho, un 23 % de la persona. Está en la clase 1. Sola, no llega al 33 %. Y una prótesis que ha ido bien baja los puntos respecto a la artrosis que tenías antes de operarte: el baremo valora cómo estás hoy, no lo que has pasado.

Los tramos del baremo para la rodilla y la cadera, ya convertidos a porcentaje de la persona. Pide que la radiografía diga cuántos milímetros de espacio articular quedan: es el dato que coloca tu caso en una fila u otra.
Manos y dedos: la rizartrosis del pulgar
La artrosis de las manos es la más frecuente y la que menos puntúa. El baremo valora primero el dedo, lo convierte a porcentaje de la mano, luego del brazo y por último de la persona. La rizartrosis (artrosis de la base del pulgar) va del 14 al 17 % del dedo cuando hay poca pérdida de espacio. Del 21 al 25 % con una pérdida grave. Y del 29 al 41 % cuando la articulación ha perdido todo el espacio y el contorno. La artrosis de los demás dedos, con dolor y pérdida de función, da entre un 4 y un 8 % del dedo. Tras las conversiones, una mano con artrosis avanzada rara vez pasa del 10 % de la persona. Lo que de verdad suma es la pérdida de movilidad medida con goniómetro y la pérdida de fuerza de agarre, que se valoran aparte.
Columna: artrosis lumbar y cervical
En la columna, la artrosis que solo se ve en la radiografía y da molestias de vez en cuando puntúa del 0 al 1 %. Con dolor continuo documentado en varias visitas, del 2 al 6 %. Los porcentajes suben si además hay hernia discal con afectación de la raíz nerviosa: del 5 al 14 % según la gravedad, y hasta el 23 % si es grave. También si hay estenosis del canal. Aquí los porcentajes ya son de la persona, sin conversión, porque la columna es «el eje» del cuerpo.
Hombro, codo, muñeca, tobillo y pie
Siguen la misma lógica: artrosis con cambios en la imagen y síntomas, pocos puntos (del 1 al 9 % de la extremidad); pérdida de movilidad medida, más puntos; artrodesis (articulación fijada) o prótesis, según el resultado. En el pie, la artrosis que afecta a las tres articulaciones del tobillo y el tarso (la «pan-astrágalo») sí puntúa alto: del 26 al 34 % del pie cuando queda 1 o 2 mm de cartílago.
Por qué con una sola articulación no llegas al 33 % (y cuándo sí)
Como has visto, el 33 % exige estar en la clase 2, y para eso la deficiencia global tiene que llegar al 25 %. Con el baremo en la mano, se llega por tres caminos:
- Varias articulaciones. Las deficiencias no se suman: se combinan (cada una se aplica sobre lo que queda de capacidad). Dos rodillas con hueso contra hueso, un 23 % cada una, combinan en torno a un 41 %: clase 2. Una rodilla al 23 % y una cadera al 14 % combinan en torno a un 34 %: también clase 2.
- Prótesis que ha ido mal o artrodesis en mala posición: por sí solas se acercan al 25 % o lo superan.
- Artrosis generalizada con limitación clara para andar, subir escaleras, agacharte, vestirte o coger objetos: es el caso en que el evaluador puede usar la limitación en la actividad como criterio principal.
Y una vez dentro de la clase 2, hay margen. La limitación en la actividad, el dolor crónico valorado y las barreras de tu entorno (un cuarto sin ascensor, sin transporte adaptado, sin apoyos) pueden subirte hasta el 49 %. Las barreras del entorno suman como máximo 24 puntos y nunca cambian de clase. Por eso importa tanto contar tu día a día en la valoración y llevar papeles que lo prueben, no solo la radiografía.
Cómo pedir el grado de discapacidad por artrosis, paso a paso
El grado lo reconoce tu comunidad autónoma (en Ceuta y Melilla, el Imserso), a través del centro de valoración y orientación de tu provincia. Se pide donde estás empadronado. Los pasos son los mismos en toda España:
- Reúne los informes antes de pedirlo. Informe del traumatólogo o del reumatólogo con el diagnóstico por articulación. Radiografías o resonancia recientes que midan el espacio articular. Exploración de la movilidad en grados. Tratamientos que has seguido (fisioterapia, infiltraciones, unidad del dolor). Y, si te han operado, el informe de la cirugía y de las revisiones.
- Presenta la solicitud. El impreso de tu comunidad, el DNI y los informes. Se puede presentar en el centro de valoración, en cualquier registro público o por internet con certificado digital o Cl@ve. Guarda el justificante con la fecha: el grado, si te lo dan, cuenta desde ese día.
- Acude a la cita de valoración. Te ve un equipo con médico, psicólogo y trabajador social. Te exploran las articulaciones y te preguntan por tu día a día. Puedes ir acompañado. Si tu situación lo justifica (edad, salud, distancia), pueden valorarte sin que vayas.
- Espera la resolución. Tienen 6 meses desde la solicitud. La resolución trae el porcentaje, las puntuaciones de cada baremo y la fecha de revisión. Si pasan los 6 meses sin respuesta, puedes reclamar como si te lo hubieran denegado.
- Recoge la tarjeta y apunta la fecha de revisión. La tarjeta acreditativa vale en toda España. Si tu artrosis empeora, puedes pedir la revisión pasados 2 años (o antes, con informes que prueben un cambio sustancial).
Los plazos y el procedimiento están en los artículos 8 a 12 del Real Decreto 888/2022. Lo que pide cada comunidad (impreso, oficinas) lo tienes en la web de su consejería de servicios sociales; el Imserso explica el procedimiento general.

Los cinco pasos y los tres plazos que importan: 6 meses para resolver, 30 días hábiles para reclamar y 2 años para pedir la revisión por empeoramiento.
Los informes que de verdad suben puntos
- Radiografía con el espacio articular medido en milímetros (rodilla, cadera, pulgar). Si el informe solo dice «artrosis grado III» o «cambios degenerativos», pide que lo concreten: el baremo trabaja con milímetros, no con «grados».
- Balance articular con goniómetro: cuántos grados flexionas y extiendes cada articulación. Es lo que permite puntuar la pérdida de movilidad.
- Historia del dolor: visitas repetidas, escala de dolor, tratamientos y por qué no han funcionado. El dolor continuo y documentado puntúa; el «me duele» de una sola visita, no.
- Informe de fisioterapia o rehabilitación con lo que no puedes hacer: subir escaleras, agacharte, andar más de X minutos, abrir un bote, abrocharte.
- Informe social si vives solo, sin ascensor o lejos de los servicios: son las «barreras» que suman puntos dentro de tu clase.
Qué consigues con el 33 % (y qué cambia con el 65 %)
| Grado | Lo que da |
|---|---|
| 33 % o más | Mínimo por discapacidad de 3.000 € al año en el IRPF (artículo 60 de la Ley del IRPF) · acceso a la cuota del 2 % de empleo reservado en empresas de 50 o más trabajadores (artículo 42 de la Ley General de discapacidad) · adaptación del puesto y permisos · ventajas autonómicas y municipales (transporte, tasas, vivienda) |
| Movilidad reducida | Tarjeta de aparcamiento. Se reconoce si la limitación de movilidad llega al 25 % en el baremo de actividades (artículo 4.3 del Real Decreto 888/2022), aunque el grado total no llegue al 33 % |
| 65 % o más | Mínimo del IRPF de 9.000 € (más 3.000 € de gastos de asistencia) · pensión no contributiva de invalidez si no llegas al mínimo de ingresos · jubilación anticipada con coeficientes (artículo 206 bis de la Ley General de la Seguridad Social) |
Fuente: Ley 35/2006 del IRPF (art. 60), Real Decreto Legislativo 1/2013 (arts. 4 y 42), Real Decreto 888/2022 (art. 4) y Ley General de la Seguridad Social (art. 206 bis). Textos consolidados del BOE.
Un aviso sobre la jubilación. La vía del 45 % de discapacidad para jubilarse antes solo vale para una lista cerrada de enfermedades que acortan la esperanza de vida. La artrosis no está en esa lista. Con artrosis, la jubilación anticipada por discapacidad exige el 65 %.
Te han dado menos del 33 %: cómo reclamar
Si la resolución te reconoce un 15, un 22 o un 28 % y crees que no han valorado todo, no hay que empezar de cero. Tienes 30 días hábiles desde que te la notifican para presentar una reclamación previa ante el mismo organismo que ha resuelto. Es gratis y la puedes presentar tú. Lo dice el artículo 13 del Real Decreto 888/2022, que remite al artículo 71 de la Ley de la jurisdicción social. Después tienen 45 días para contestar; si no contestan, se entiende que dicen que no, y desde ahí tienes 30 días hábiles para demandar en el Juzgado de lo Social.
En la reclamación no sirve decir «estoy peor de lo que dicen». Hay que ir al dictamen que acompaña a la resolución (tienen que entregártelo) y señalar qué no han valorado o han valorado mal. Lo más frecuente en artrosis:
- Han puntuado una sola articulación cuando tienes varias afectadas con informe.
- Han colocado la rodilla o la cadera en un tramo de más cartílago del que muestra tu radiografía (por ejemplo, 2 mm cuando ya no queda espacio).
- No han medido la pérdida de movilidad ni la fuerza, o no consta en el dictamen.
- No han aplicado el baremo de limitaciones en la actividad ni el de barreras del entorno, o lo han hecho sin tus informes.
- Han usado informes antiguos y no los nuevos que aportaste.
⚠️ Los 30 días cuentan desde la notificación, no desde la cita
Apunta el día en que recibiste la resolución (carta certificada, notificación electrónica o recogida en la oficina). Los 30 días hábiles no cuentan sábados, domingos ni festivos. Si se pasan, solo te queda esperar a la revisión.
Si te han denegado el grado por completo, el camino es el mismo: reclamación previa en 30 días hábiles. Y si quieres ver el cuadro entero (tramos, beneficios y procedimiento), está en la guía general sobre el grado de discapacidad: qué es, cómo se pide y qué porcentaje corresponde.
Si ya tienes una incapacidad permanente por artrosis
Son dos cosas distintas, con dos organismos distintos. La incapacidad permanente la reconoce el INSS y es una pensión por no poder trabajar; el grado de discapacidad lo reconoce tu comunidad y es un porcentaje que da ventajas sociales y fiscales. Puedes tener las dos. Si cobras una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, la ley te considera con un 33 % para el empleo (artículo 4.2 de la Ley General de discapacidad). Y también en el IRPF (artículo 60.3 de la Ley del IRPF). Pero no para muchas ayudas de tu comunidad: para esas necesitas el certificado del centro de valoración. Si lo que quieres es la pensión, lee la guía sobre la incapacidad permanente por artrosis; y si dudas de qué equivale a qué, el comprobador de equivalencias entre incapacidad y discapacidad.
Revisión por empeoramiento: cuándo volver a pedirlo
La artrosis avanza. Si te dieron un 20 % hace tres años y hoy tienes una prótesis o la otra rodilla igual de mal, pide la revisión: a partir de los 2 años de la resolución puedes solicitarla sin más; antes de los 2 años, si aportas informes que prueben un cambio sustancial (una operación, una articulación nueva afectada) o un error en la valoración. Ojo: en la revisión también pueden bajarte el grado si consideran que has mejorado, así que ve con los informes al día. Y si en la resolución figura una fecha de revisión, la Administración debe revisarte de oficio en esa fecha; si no lo hace, conservas el grado hasta que haya nueva resolución.
Preguntas frecuentes
¿Qué porcentaje de discapacidad dan por artrosis?
No hay un porcentaje fijo. El baremo del Real Decreto 888/2022 puntúa cada articulación por lo que muestra la radiografía y por la movilidad perdida: una rodilla o una cadera con hueso contra hueso vale del 20 al 23 % de la persona; con 1 mm de cartílago, del 10 al 14 %. Con varias articulaciones afectadas y limitación en el día a día se puede llegar al 33 % o más.
¿La artrosis da el 33 % de discapacidad?
Puede darlo, pero no por sí sola. El 33 % está en la clase 2 del baremo (del 25 al 49 %) y para entrar en esa clase la deficiencia global tiene que llegar al 25 %. Con una sola articulación, aunque esté muy desgastada, lo normal es quedarse en la clase 1 (hasta el 24 %). Se llega al 33 % combinando varias articulaciones, con prótesis que han ido mal o con artrosis generalizada y limitación documentada.
¿Cuánto dan por artrosis de cadera?
Según el espacio articular que queda en la radiografía: 3 mm, del 2 al 4 % de la persona; 2 mm, del 6 al 10 %; 1 mm, del 10 al 14 %; sin espacio, del 20 al 23 %. Una prótesis de cadera con buen resultado se valora entre el 8 y el 10 %.
¿Cuánto dan por artrosis de rodilla?
Los mismos tramos que la cadera: del 2 al 4 % con 3 mm de cartílago, del 6 al 10 % con 2 mm, del 10 al 14 % con 1 mm y del 20 al 23 % cuando no queda espacio. La artrosis de la rótula puntúa menos (hasta el 10 % de la persona sin espacio articular). Si tienes las dos rodillas afectadas, los porcentajes se combinan y pueden pasar del 25 %.
¿Y por artrosis de manos o rizartrosis?
Poco, por mucho que duela. La rizartrosis del pulgar va del 14 al 41 % del dedo según el estadio, y la artrosis de los otros dedos del 4 al 8 % del dedo; luego se convierte a porcentaje de la mano, del brazo y de la persona, y se queda normalmente por debajo del 10 %. Suma más la pérdida de movilidad medida y la pérdida de fuerza de agarre.
¿Cuánto tarda la resolución del grado de discapacidad?
El plazo máximo es de 6 meses desde que presentas la solicitud (artículo 9 del Real Decreto 888/2022). Si lo reconocen, el grado cuenta desde la fecha de la solicitud, no desde la resolución. Si pasan los 6 meses sin respuesta, puedes presentar la reclamación previa como si te lo hubieran denegado.
Me han dado el 25 %: ¿puedo reclamar?
Sí. Tienes 30 días hábiles desde la notificación para presentar una reclamación previa ante el organismo que resolvió. Lo dicen el artículo 13 del Real Decreto 888/2022 y el artículo 71 de la Ley de la jurisdicción social. Señala en el dictamen qué articulación no han valorado, qué tramo de cartílago han aplicado mal o qué limitación no consta, y aporta los informes. Si no contestan en 45 días o dicen que no, tienes 30 días hábiles más para ir al Juzgado de lo Social.
¿Puedo tener grado de discapacidad y pensión de incapacidad permanente a la vez?
Sí. Son reconocimientos distintos: la incapacidad permanente la da el INSS y es una pensión; el grado de discapacidad lo da tu comunidad autónoma y es un porcentaje con ventajas fiscales y sociales. Uno no sustituye al otro. Con una incapacidad total o absoluta la ley te considera con un 33 % a efectos de empleo y también en el IRPF; para muchas ayudas de tu comunidad necesitas el certificado del centro de valoración.