Grado de discapacidad por ansiedad y depresión: cuánto te dan y cómo pedirlo
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La ansiedad y la depresión sí pueden dar un grado de discapacidad, también el 33 %. Lo pides en el centro de valoración de tu comunidad autónoma, con los informes de salud mental. Tienen 6 meses para resolver. Si te dan menos del 33 %, tienes 30 días hábiles desde que te lo notifican para reclamar.
El porcentaje no lo da el nombre del diagnóstico. Lo da cuánto te limita en el trabajo y en casa, cuánto tiempo llevas en tratamiento y cómo ha respondido. Con el baremo actual, un trastorno ansioso depresivo controlado con medicación se queda casi siempre por debajo del 33 %. Se llega con síntomas que no ceden después de años de tratamiento, con crisis repetidas o con ingresos. Aquí tienes los tramos del baremo, los informes que pesan y cómo reclamar si te han dado menos de lo que te corresponde.

Antes de pedirlo, ordena tus papeles. Lo que más pesa es el historial de salud mental: cuánto tiempo llevas en tratamiento, con qué especialista y qué ha cambiado en tu vida desde que empezó.
El 33 % está en el tramo «moderado» del baremo: del 25 al 49 %
Como norma general, piden 2 años de tratamiento regular en salud mental
Resuelven en 6 meses como máximo; para reclamar, 30 días hábiles desde la notificación
Todo esto sale del Real Decreto 888/2022, que fija el baremo del grado de discapacidad. Lo aplican los centros de valoración de todas las comunidades desde el 20 de abril de 2023. Sustituyó al baremo de 1999, que es el que todavía citan muchas páginas y foros, aunque ya no se aplica en ninguna comunidad.
Cómo valora el baremo la ansiedad y la depresión
El baremo tiene un capítulo propio para los trastornos mentales (el capítulo 2 del anexo III). Dentro, una tabla para los trastornos del estado de ánimo, que es donde entra la depresión, y otra para los trastornos de ansiedad, los relacionados con el estrés y los somatomorfos. Si tienes un trastorno mixto ansioso depresivo, te valoran con la tabla que mejor refleje lo que te pasa.
En las dos tablas, el evaluador mira cuatro cosas:
- Tu historia clínica. Desde cuándo, qué tratamientos has probado, si has tenido crisis o ingresos y cómo has evolucionado.
- La exploración. Cómo están tu ánimo, tu energía, el sueño, la atención o la memoria el día de la cita.
- El trabajo. Si puedes mantener tu empleo, con qué rendimiento y con cuántas bajas.
- Tu día a día. Si te cuidas solo, si te cuesta salir, relacionarte o hacer las tareas de casa, y qué apoyos necesitas.
Para entrar en un tramo tienes que cumplir lo que dice la tabla en tu historia clínica o en la exploración. Y, además, al menos una de las descripciones del trabajo y otra del día a día. Por eso no basta con el diagnóstico: hay que demostrar cómo te afecta.
Los tramos del baremo: dónde está el 33 %
| Tramo | Porcentaje | Cómo suele ser el caso |
|---|---|---|
| 0 · nulo | 0 a 4 % | Síntomas leves o bien controlados. Haces tu vida como antes. |
| 1 · leve | 5 a 24 % | Síntomas leves o que van y vienen. Trabajas, con algo menos de rendimiento y alguna baja. Te cuidas solo. |
| 2 · moderado | 25 a 49 % | Aquí está el 33 %. Síntomas moderados que no se van o crisis que se repiten, a veces con ingresos. Te cuesta mantener el trabajo y alguna tarea de casa. Tiendes a aislarte. |
| 3 · grave | 50 a 65 % | Síntomas graves casi siempre, el tratamiento apenas funciona, ingresos frecuentes. Mucha dificultad para trabajar y para cuidarte. |
| 4 · muy grave | 66 a 85 % | Depresión mayor de más de 3 años sin mejoría o síntomas muy graves permanentes. Necesitas ayuda continua. |
Fuente: anexo III del Real Decreto 888/2022, tablas 2.4 (estado de ánimo) y 2.5 (ansiedad), texto consolidado del BOE. Resumen nuestro de los criterios de cada tramo.
Dentro de cada tramo hay cinco valores. En el moderado: 25, 31, 37, 42 y 49 % para la depresión, y 25, 32, 37, 42 y 49 % para la ansiedad. El evaluador parte del valor del centro y sube o baja según tus informes. Después, la limitación en tus actividades diarias y las barreras de tu entorno ajustan el grado final.

Los cinco tramos de un vistazo. Para el 33 % necesitas estar en el moderado: síntomas que siguen pese al tratamiento y dificultades reales en el trabajo y en casa, con papeles que lo digan.
El requisito que más se olvida: 2 años de tratamiento
El baremo dice que la valoración se hace cuando ya se han probado los tratamientos y has llegado a tu «máxima mejoría clínica». Para eso pide, como norma general, un mínimo de 2 años de tratamiento regular especializado. Y en los tramos 1 a 4 de las dos tablas aparece lo mismo: tratamiento ambulatorio especializado de 2 años al menos.
En la práctica:
- Si llevas menos de 2 años, es probable que te den un grado bajo o provisional. A veces conviene esperar a cumplirlos y pedirlo con el historial completo.
- «Especializado» quiere decir salud mental: psiquiatra o psicólogo clínico, en tu centro de salud mental o en privado. Solo con el médico de cabecera, cuesta más.
- «Regular» quiere decir sin huecos largos. Si dejaste el tratamiento un año, explícalo con informes (lista de espera, cambio de ciudad).
Los informes que de verdad suben puntos
El centro de valoración no te ve más de una hora. Lo que no esté en un papel, casi no cuenta. Estos son los informes que marcan la diferencia:
- Informe del psiquiatra o del psicólogo clínico con el diagnóstico, la fecha de inicio, los tratamientos probados (medicación, dosis, cambios, terapia) y cómo has respondido.
- Ingresos y urgencias: informes de alta de la unidad de psiquiatría, del hospital de día o de las visitas a urgencias por crisis.
- Bajas laborales: cuántas, cuánto duraron y por qué. Si tienes un informe de la mutua, del INSS o del servicio de prevención, también sirve.
- Cómo te afecta en casa: si no sales, si alguien te acompaña a las citas, si dejaste de hacer cosas. Un informe social o de tu trabajador social ayuda mucho.
- Pruebas y escalas que te hayan hecho (de depresión, de ansiedad, neuropsicológicas), con su resultado.
Un informe que solo dice «trastorno ansioso depresivo, en tratamiento» se queda corto. Pide a tu especialista que escriba lo que mira el baremo: desde cuándo tienes síntomas, qué tratamientos se han probado y con qué resultado, si ha habido crisis o ingresos, cómo está tu capacidad para trabajar y qué te cuesta en casa. Y que diga si el cuadro es crónico o si ya has llegado a tu máxima mejoría. Es la frase que más pesa.
Si la depresión forma parte de un trastorno bipolar, la tabla es la misma, pero cuentan sobre todo las recaídas y los ingresos. Lo explicamos en la guía de incapacidad permanente por trastorno bipolar.
Cómo pedir el grado de discapacidad por ansiedad o depresión, paso a paso
El grado lo reconoce tu comunidad autónoma (en Ceuta y Melilla, el Imserso), en el centro de valoración de tu provincia. Se pide donde estás empadronado. Los pasos son los mismos en toda España:
- Reúne los informes. Los de la lista de arriba, recientes y con fechas. Mejor de los últimos 6-12 meses, con el historial de antes resumido.
- Presenta la solicitud. El impreso de tu comunidad, el DNI y los informes. En el centro de valoración, en cualquier registro público o por internet con certificado digital o Cl@ve. Guarda el justificante con la fecha: si te lo reconocen, el grado cuenta desde ese día.
- Ve a la cita de valoración. Te examina un equipo multiprofesional, con profesionales sanitarios y del área social. Puedes ir acompañado, y conviene: el baremo prevé contrastar lo que cuentas con lo que dice un familiar o acompañante.
- Espera la resolución. Tienen 6 meses desde la solicitud. Te tienen que dar también el dictamen con las puntuaciones. Si pasan los 6 meses sin respuesta, puedes reclamar como si te lo hubieran denegado.
- Recoge la tarjeta y apunta la fecha de revisión. La tarjeta vale en toda España.
Los plazos están en los artículos 9 y 12 del Real Decreto 888/2022. El impreso y las oficinas de tu comunidad los tienes en la web de su consejería de servicios sociales; el Imserso explica el procedimiento general.

Los cinco pasos y los tres plazos que importan: 6 meses para resolver, 30 días hábiles para reclamar y 2 años para pedir la revisión.
En la cita: cómo contar tu día a día
Mucha gente con depresión o ansiedad se esfuerza en parecer que está bien justo ese día. Es normal, pero juega en contra. No exageres, pero tampoco lo escondas. Cuenta un día normal: a qué hora te levantas, si sales de casa, si comes, si duermes, qué has dejado de hacer y desde cuándo. Si tienes días muy malos, dilo y di cuántos al mes. Lleva escrito lo importante para no quedarte en blanco.
Qué consigues con el 33 % (y con el 65 %)
| Grado | Lo que da |
|---|---|
| 33 % o más | Mínimo por discapacidad de 3.000 € al año en el IRPF (artículo 60 de la Ley del IRPF) · cuota del 2 % de empleo reservado en empresas de 50 o más trabajadores (artículo 42 de la Ley General de discapacidad) · adaptación del puesto · ventajas de tu comunidad y tu ayuntamiento (transporte, tasas, vivienda) |
| 65 % o más | Mínimo del IRPF de 9.000 €, más 3.000 € por gastos de asistencia · pensión no contributiva de invalidez si no llegas al mínimo de ingresos (exige al menos el 65 %) |
Fuente: Ley 35/2006 del IRPF (art. 60), Real Decreto Legislativo 1/2013 (arts. 4 y 42) y Ley General de la Seguridad Social (art. 363). Textos consolidados del BOE.
Te han dado menos del 33 %: cómo reclamar
Si la resolución dice un 12, un 20 o un 28 % y crees que no han valorado todo, no hay que empezar de cero. Tienes 30 días hábiles desde que te la notifican para presentar una reclamación previa ante el mismo organismo que la dictó. Es gratis y la puedes presentar tú. Lo dice el artículo 13 del Real Decreto 888/2022, que remite al artículo 71 de la Ley de la jurisdicción social. Tienen 45 días para contestar. Si no contestan, es un no, y desde ahí tienes 30 días para ir al Juzgado de lo Social.
En la reclamación no basta con decir «estoy peor». Pide el dictamen y señala qué no han valorado o han valorado mal. Lo más habitual en ansiedad y depresión:
- Te han puesto en el tramo leve cuando tus informes hablan de síntomas que siguen pese al tratamiento, de crisis repetidas o de ingresos.
- No han tenido en cuenta tus bajas ni tu dificultad para mantener el trabajo.
- No consta lo que te cuesta el día a día: salir, relacionarte, las tareas de casa, cuidarte.
- Han valorado solo la depresión y no la ansiedad (o al revés), o no han combinado otra enfermedad que tienes.
- Han usado informes antiguos y no los nuevos que aportaste.
⚠️ Los 30 días cuentan desde la notificación, no desde la cita
Apunta el día en que recibiste la resolución (carta certificada, notificación electrónica o recogida en la oficina). Los días hábiles no incluyen sábados, domingos ni festivos. Si se te pasa la fecha límite, solo te queda pedir la revisión más adelante.
Si quieres ver el cuadro entero (tramos, beneficios y procedimiento para cualquier enfermedad), está en la guía general sobre el grado de discapacidad: qué es, cómo se pide y qué porcentaje corresponde.
Grado de discapacidad, baja o incapacidad permanente: no es lo mismo
Son tres cosas distintas, y puedes tener más de una. La baja es temporal y la paga el INSS o la mutua mientras te recuperas: lo tienes en la guía de la baja laboral por depresión y ansiedad. La incapacidad permanente la reconoce el INSS y es una pensión cuando ya no puedes trabajar: lo explicamos en la de incapacidad permanente por ansiedad y depresión. El grado de discapacidad lo reconoce tu comunidad y es un porcentaje que da ventajas fiscales, laborales y sociales, trabajes o no.
Si ya cobras una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, la ley te considera con un 33 % para algunas cosas, como el empleo (artículo 4.2 de la Ley General de discapacidad). Y también en el IRPF (artículo 60.3 de la Ley del IRPF). Para muchas ayudas de tu comunidad, en cambio, necesitas el certificado del centro de valoración. Si dudas de qué equivale a qué, usa el comprobador de equivalencias entre incapacidad y discapacidad.
Revisión: cuándo volver a pedirlo
Si empeoras (más crisis, un ingreso, dejas de poder trabajar), puedes pedir la revisión cuando hayan pasado 2 años desde la resolución. Antes, solo si demuestras con informes un cambio importante o un error en la valoración. Ojo: en la revisión también pueden bajarte el grado si consideran que has mejorado. Ve con los informes al día. Y si en tu resolución figura una fecha de revisión y no te llaman, conservas el grado hasta que haya una nueva resolución.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto grado de discapacidad dan por ansiedad y depresión?
Depende de cuánto te limite, no del diagnóstico. El baremo del Real Decreto 888/2022 tiene cinco tramos: nulo (0-4 %), leve (5-24 %), moderado (25-49 %), grave (50-65 %) y muy grave (66-85 %). Un trastorno controlado con medicación suele quedarse en el leve. Con síntomas que siguen tras años de tratamiento y dificultades para trabajar y en casa, se llega al moderado.
¿El trastorno ansioso depresivo da el 33 % de discapacidad?
Puede darlo. El 33 % está en el tramo moderado, del 25 al 49 %. Para entrar ahí hacen falta síntomas moderados que no se van o crisis repetidas, y dificultades reales para mantener el trabajo y alguna tarea de casa, todo con informes. Con un trastorno leve o bien controlado, lo normal es quedarse por debajo.
¿Cuánto tiempo de tratamiento piden?
Como norma general, 2 años de tratamiento regular especializado en salud mental. El baremo valora cuando ya se han probado los tratamientos y has llegado a tu máxima mejoría. Con menos tiempo, el grado suele ser bajo o provisional.
¿La depresión se considera una discapacidad?
Sí, si es duradera y te limita. La ley considera persona con discapacidad a quien tiene deficiencias mentales previsiblemente permanentes, y a efectos legales a quien tiene reconocido un grado del 33 % o más. Para eso tienes que pedir la valoración en tu comunidad.
¿Dónde se pide el grado de discapacidad por depresión?
En el centro de valoración de tu comunidad autónoma, en la provincia donde estás empadronado (en Ceuta y Melilla, el Imserso). Se puede presentar en el propio centro, en cualquier registro público o por internet con certificado digital o Cl@ve.
¿Cuánto tarda la resolución?
Como máximo 6 meses desde la solicitud (artículo 9 del Real Decreto 888/2022). Si te lo reconocen, el grado cuenta desde el día en que lo pediste. Si pasan los 6 meses sin respuesta, puedes presentar la reclamación previa como si te lo hubieran denegado.
Me han dado menos del 33 %: ¿puedo reclamar?
Sí. Tienes 30 días hábiles desde la notificación para presentar una reclamación previa ante el organismo que resolvió (artículo 13 del Real Decreto 888/2022 y artículo 71 de la Ley de la jurisdicción social). Señala en el dictamen qué no han valorado y aporta tus informes. Si no contestan en 45 días o dicen que no, tienes 30 días para ir al Juzgado de lo Social.
¿Puedo tener el grado de discapacidad y estar trabajando?
Sí. El grado de discapacidad no es una pensión ni te impide trabajar. Al contrario: con el 33 % puedes acceder al empleo reservado para personas con discapacidad, pedir la adaptación de tu puesto y tener ventajas en el IRPF.